Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063175)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para la formalización de una transferencia específica plurianual a la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón para la realización del programa de I+D+I en el área Biotecnología aplicada a la Salud contemplada en la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, para la realización de la Línea de Actuación LA6 incluida en la Medida de Inversión I1 Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas, que forman parte del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y financiada con los fondos del Programa Operativo FEDER Extremadura 2021-2027.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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f) En relación con aquellas actuaciones que se subcontraten, habrán de preverse mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio “no causar un
perjuicio significativo”.
2. O
 bligaciones vinculadas a la protección de los intereses financieros de la Unión Europea.
a) Será responsable de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las inversiones indicadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de
cada inversión y de los indicadores que se hayan establecido al respecto.
b) Deberá establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por terceros contribuyen al logro de las inversiones previstas y que dichos terceros aporten la
información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores
de seguimiento del PRTR.
c) Se obligará al aseguramiento de la regularidad del gasto subyacente y de la adopción
de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción,
prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.
d) Guardará la trazabilidad de cada una de las inversiones y recabará a efectos de auditoría
y control la información cada uno de los perceptores finales de los fondos.
e) S
 e someterá a las actuaciones de control de las instituciones de la Unión.
f) Custodiará y conservará la documentación vinculada a la actividad financiada.
g) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.1 de la Comunicación de la Comisión sobre el Marco sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C
198/01), no se aplicará lo dispuesto en el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea a las ayudas previstas en esta transferencia, dado que se otorga
a un organismo de investigación para la realización de actividades no económicas. No
obstante, CCMIJU deberá consignar por separado la financiación, los costes y los ingresos correspondientes a las actividades económicas y no económicas del centro.
3. O
 bligaciones en materia de información, comunicación y publicidad de los fondos europeos.
Deberán observarse las obligaciones de información y publicidad de los artículos 47, 49,
50 y Anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de
24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al