Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063175)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para la formalización de una transferencia específica plurianual a la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón para la realización del programa de I+D+I en el área Biotecnología aplicada a la Salud contemplada en la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, para la realización de la Línea de Actuación LA6 incluida en la Medida de Inversión I1 Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas, que forman parte del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y financiada con los fondos del Programa Operativo FEDER Extremadura 2021-2027.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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iv. Aquellas relativas a la disposición de residuos en vertederos, en incineradoras y en
plantas de tratamiento mecánico biológico. Esta exclusión no afecta a aquellas medidas que inviertan en plantas que se dediquen de forma exclusiva al tratamiento de
residuos peligrosos no reciclables siempre y cuando las medidas sufragadas tengan
por objeto: incrementar la eficiencia energética, la captura de gases de escape para
su almacenamiento o el uso o recuperación de materiales de las cenizas de incineración; y, no supongan un aumento de la capacidad de procesamiento de residuos o
una extensión de la vida útil de la planta.
v. Aquellas en las que la eliminación a largo plazo de residuos puede causar daño al
medio ambiente.
c) Si la actividad programada incluye obras:
i. Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición generados
en los proyectos de infraestructura (con exclusión de los residuos con código LER 17
0504), se preparen para la reutilización, el reciclaje y la revalorización de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros
materiales de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
ii. Los operadores limiten la generación de residuos en los procesos relacionados con la
construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos de
construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación
segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad
mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
iii. Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyen la circularidad en lo
referido a la norma ISO 20887 para evaluar la capacidad de desmontaje o adaptabilidad
de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más eficientes en el uso de los recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y el reciclaje.
iv. Los componentes y materiales de construcción utilizados en el desarrollo de las
actuaciones previstas en esta medida no contengan amianto ni sustancias muy preocupantes identificadas a partir de la lista de sustancias sujetas a autorización que
figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2006.