Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063175)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para la formalización de una transferencia específica plurianual a la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón para la realización del programa de I+D+I en el área Biotecnología aplicada a la Salud contemplada en la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, para la realización de la Línea de Actuación LA6 incluida en la Medida de Inversión I1 Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas, que forman parte del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y financiada con los fondos del Programa Operativo FEDER Extremadura 2021-2027.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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d) No se podrán imputar costes financieros ni impuestos indirectos, tales como el Impuesto sobre el Valor Añadido, pero con la excepción de la parte no recuperable e impuestos indirectos
que se han imputado, y justificado debidamente, a ayudas relacionadas con el programa.
e) Se podrán imputar costes indirectos hasta un siete por ciento (7%) de la suma de los
costes directos debidamente justificados.
Cuarta. Pago.
1. E
 sta transferencia específica tendrá de duración desde el 1 de enero de 2021 hasta el 18
de noviembre de 2024 incluido y los pagos de la misma se harán efectivos, con carácter
general de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de
abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005,
de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005. Además, previamente al pago
será necesaria la presentación por parte del CCMIJU de las declaraciones responsables del
anexo I de este convenio, firmadas por el responsable de la institución.
No obstante, lo anterior, se establecen los siguientes requisitos previos a los abonos correspondientes:
— El pago se realizará trimestralmente, por cuatro partes del crédito presupuestado, abonándose dentro del primer mes de cada trimestre. Por tanto, si a la firma del presente
convenio hubiera transcurrido más de un trimestre de la anualidad, se abonará la cuantía que corresponda a los trimestres vencidos.
— Los sucesivos abonos, estarán supeditados a la justificación del trimestre anterior con
cualquiera de los siguientes documentos, según el momento de ejecución del proyecto: el
anuncio de la licitación del equipamiento científico, la adjudicación de la adquisición o facturas de ejecución, la emisión de los informes de necesidad de otros gastos y sus facturas.
2. En relación con el régimen de pagos CCMIJU queda exenta del régimen de garantías para
recibir pagos anticipados, conforme al apartado a) de la Disposición Adicional Cuarta de la
Ley 5/2007, de 19 abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
Quinta. Obligaciones.
CCMIJU cumplirá con lo establecido en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes