Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Eficiencia Energética. (2022063386)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de créditos correspondientes a la "Línea 2. Ayudas para actuaciones y proyectos de ahorro y eficiencia energética, y el mejor aprovechamiento de la energía en instalaciones existentes dirigidas a municipios y entidades locales menores", convocada mediante la Resolución de 9 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para actuaciones de ahorro y eficiencia energética en Extremadura.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

55540

— Total: 600.000 euros.
Estableciéndose también en el resuelvo indicado que:
“….Para el aumento de hasta un 20 por ciento de los créditos presupuestarios imputados o
para una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidas
en cada convocatoria de ayudas, se estará en lo dispuesto en los artículos 23.2 h) y 39.3
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.”
Instruidos los expedientes de la convocatoria, se procedió por la Dirección General de Industria, Energía y Minas (PD, de la Secretaría General mediante Resolución de 20 de noviembre
de 2019, DOE n.º 228, de 26 de noviembre de 2019) a la resolución de la misma concediendo
ayudas a 11 expedientes por un importe total de 594.965,69 euros, procediéndose a la anulación de los saldos restantes (5.034,31 euros) y a la creación de una lista de reserva formada
por 53 expedientes.
Con motivo de la liberación de créditos debida a la renuncia de la ayuda por una de las entidades locales subvencionadas, se ha procedido según a lo regulado en el artículo 19 de Orden
de 9 de septiembre de 2020 de bases reguladoras, resultado posible la concesión de ayudas
a dos expedientes conforme a la lista de reserva existente por un importe total de subvención
de 58.424,01 euros.
El plazo previsto a conceder para la ejecución de las actuaciones a subvencionar será de seis
meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión de las ayudas, atendiendo
a que beneficiarios de las ayudas a conceder son entidades locales sujetas a la tramitación
y plazos que establece la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y
dispondrán para la justificación de la inversión, según las bases reguladoras de las ayudas, de
un plazo de 1 mes a contar desde la finalización del plazo de ejecución. Por tanto, atendiendo
a dichos plazos y dado que el proyecto de gasto 20170282 dispone de todos sus créditos en
la anualidad 2022, es preciso disponer de 58.424,01 euros en la anualidad 2023, anualidad
donde se prevé que se realizarán los pagos de las ayudas a conceder a las entidades locales
indicadas en el punto anterior.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidas en la convocatoria inicialmente prevista, exige
anuncio del órgano que ha aprobado la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura de la
modificación efectuada.
Por todo lo anterior, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la
modificación del extracto y anuncio de modificación de la distribución de créditos prevista