Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. Lista De Espera. (2022063400)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se constituyen listas de espera transitorias en el Cuerpo de Titulados Superiores, Especialidad Jurídica, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 218
Lunes 14 de noviembre de 2022

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RESUELVE:
Primero. Constituir listas de espera transitorias por el orden de puntuación obtenida en el
primer ejercicio de la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas por Orden de 17
de septiembre de 2021, en el Cuerpo de Titulados Superiores Especialidad Jurídica.
Las referidas listas se expondrán al público en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de
la Junta de Extremadura. Asimismo, podrán consultarse en la siguiente dirección de internet:
http://www.juntaex.es desde el mismo día de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Segundo.
1. La ordenación de las referidas listas de espera resulta de aplicar los siguientes criterios:
1º. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición.
2º. En los supuestos de empate el orden de prelación comenzará por la letra “M”, como así
se establece en la base octava de la convocatoria.
2. Las listas de espera constituidas se instrumentarán de acuerdo con los criterios de zonificación que se hallen vigentes, de tal manera que dará lugar a listas específicas en cada
una de las zonas existentes en función de la petición formulada por cada aspirante en la
solicitud de participación en las pruebas selectivas.
Tercero. Las listas de espera que se constituyen mediante la presente resolución sustituyen
a las derivadas de la anterior convocatoria de pruebas selectivas, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.8 del Reglamento General de Ingreso.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los/as interesados podrán
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura,
conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente
resolución hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación