Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063154)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara, en materia de uso público en áreas protegidas en el Centro de Interpretación "Alas" en San Vicente de Alcántara. Anualidades 2022-2024. Expte.: 221803SYM005.
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NÚMERO 218
Lunes 14 de noviembre de 2022

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La memoria de actuaciones y presupuesto del presente Convenio podrá sufrir modificaciones,
previa petición por parte del Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara, siempre que cuente
con la aprobación del director técnico y no suponga una modificación en la cuantía o en el
objeto del Convenio inicialmente suscrito.
El plazo para la ejecución de las actividades previstas en el presente convenio comprenderá
desde el 1 de julio de 2022 hasta el 30 de junio de 2024.
Séptima. Gastos subvencionables.
Se consideran gastos subvencionables, tal y como establece el artículo 36 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aquellos que
de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido en la cláusula sexta del presente convenio. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá
ser superior al valor de mercado.
El IVA podrá ser subvencionable en el caso de que no sea recuperable, como así se establece en el artículo 69.3c del Reglamento (EU) 1303/2013, de 17 de diciembre. Así, para la
consideración del I.V.A. como gasto subvencionable, el beneficiario deberá remitir certificado
emitido por el Interventor del Ayuntamiento que justifique que el I.V.A. no es susceptible de
recuperación o compensación por parte del mismo.
No se subvencionarán los siguientes gastos:
— Gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales o registrales,
gastos periciales y gastos de administración específicos, así como los de garantía bancaria. Los gastos de protocolo (celebraciones de inauguración o clausura, obsequios o
premios).
— Otros impuestos susceptibles de recuperación o compensación.
El Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara no podrá cobrar una inscripción por la participación en actividades que hayan sido subvencionadas a través del presente convenio.
Octava. Régimen de justificación y pagos.
El pago de la subvención se realizará de la siguiente forma:
— Un primer pago correspondiente al 50% de las actuaciones previstas para 2022 (5.850,33
Euros), una vez que el director técnico nombrado por la Consejería certifique que los