Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063158)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Fuentes de León, en materia de uso público en áreas protegidas en el Centro de Recepción e Información del Monumento Natural "Cuevas de Fuentes de León". Anualidades 2022-2024. N.º Expte.: 221803SYM002.
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NÚMERO 218
Lunes 14 de noviembre de 2022

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Séptima. Gastos subvencionables.
Se consideran gastos subvencionables, tal y como establece el artículo 36 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aquellos que
de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido en la cláusula sexta del presente convenio. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá
ser superior al valor de mercado.
El IVA podrá ser subvencionable en el caso de que no sea recuperable, como así se establece en el artículo 69.3c del Reglamento (EU) 1303/2013, de 17 de diciembre. Así, para la
consideración del I.V.A. como gasto subvencionable, el beneficiario deberá remitir certificado
emitido por el Interventor del Ayuntamiento que justifique que el I.V.A. no es susceptible de
recuperación o compensación por parte del mismo.
No se subvencionarán los siguientes gastos:
— Gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales o registrales,
gastos periciales y gastos de administración específicos, así como los de garantía bancaria. Los gastos de protocolo (celebraciones de inauguración o clausura, obsequios o
premios).
— Otros impuestos susceptibles de recuperación o compensación.
El Ayuntamiento de Fuentes de León no podrá cobrar una inscripción por la participación en
actividades que hayan sido subvencionadas a través del presente convenio.
Octava. Régimen de justificación y pagos.
La financiación se efectuará con arreglo a las siguientes normas:
— Un primer pago correspondiente al 50% de las actuaciones previstas para 2022
(11.700,66 Euros), una vez que el director técnico nombrado por la Consejería certifique que los trabajos correspondientes al 50% de esta anualidad han finalizado, se han
ejecutado conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos relativos a este
porcentaje.
— Un segundo pago correspondiente al 50% restante de las actuaciones previstas para
2022 (11.700,66 euros), una vez que el director técnico nombrado por la Consejería
certifique que los trabajos correspondientes al 50% restante de esta anualidad han finalizado, se han ejecutado conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos
relativos a este porcentaje.