Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063158)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Fuentes de León, en materia de uso público en áreas protegidas en el Centro de Recepción e Información del Monumento Natural "Cuevas de Fuentes de León". Anualidades 2022-2024. N.º Expte.: 221803SYM002.
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NÚMERO 218
Lunes 14 de noviembre de 2022

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emitida por la Intervención del Ayuntamiento. En este certificado se deberá hacer constar la
acción realizada y su coste, así como que se refieren a gastos previstos en el Convenio efectivamente realizados y acreditados mediante facturas, nóminas de personal, seguros sociales,
o documentos contables de valor probatorio equivalente, así como su efectivo pago. Junto a
cada certificación, el Ayuntamiento remitirá una solicitud de pago especificando el importe
a abonar por parte de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad conforme
lo estipulado en la presente cláusula. Además, el beneficiario deberá aportar original o copia
compulsada del acreditante de cada uno de los gastos y pagos realizados (nóminas, facturas, seguros sociales, acreditantes bancarios o documentos contables de valor probatorio
equivalente).
Las certificaciones emitidas por la Intervención del Ayuntamiento que conlleven la justificación de gastos y pagos cofinanciadas con fondos FEADER, además deberán soportarse aportando para cada uno de los contratos y/o gastos realizados las listas de comprobación que se
adjuntan como Anexo II. Dichas listas de comprobación deberán firmarse por la persona que
ostente las funciones de intervención en el Ayuntamiento.
Conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 52 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo “Los beneficiarios,
las entidades colaboradoras y los terceros relacionados con el objeto de la subvención o su
justificación estarán obligados a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea
requerida en el ejercicio de las funciones de control a la Intervención General de la Junta de
Extremadura, así como a los órganos que, de acuerdo con la normativa comunitaria, tengan
atribuidas funciones de control financiero”. En este sentido el Ayuntamiento deberá facilitar
aquella documentación acreditativa necesaria para la cumplimentación y desarrollo de los
controles administrativos y sobre el terreno conforme a la normativa vigente. En concreto
el Ayuntamiento deberá facilitar documentación relativa a los aspectos determinados en el
Anexo III del presente convenio junto a la Certificación del saldo final descrita en el párrafo
anterior. En caso de incumplimiento se atenderá a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo.
Novena. Subcontratación.
El Ayuntamiento de Fuentes de León podrá subcontratar hasta el 100% del proyecto objeto de
subvención regulado en el presente convenio. Se considera que existe subcontratación cuando el beneficiario concierta con terceros la ejecución total o parcial de la actuación. Queda
fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada. El Ayuntamiento de
Fuentes de León habrá de respetar en sus relaciones con los subcontratistas, las previsiones
de la normativa en materia de contratos del sector público para los contratos subvencionados.