Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063156)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de la Albuera en materia de uso público en áreas protegidas en el Centro de Interpretación de la Naturaleza "Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera" y el parque periurbano de conservación y ocio "El Chaparral". Anualidades 2022- 2024. Nº Expte.: 221803SYM004.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 218
Lunes 14 de noviembre de 2022
55127
consideración del I.V.A. como gasto subvencionable, el beneficiario deberá remitir certificado
emitido por el Interventor del Ayuntamiento que justifique que el I.V.A. no es susceptible de
recuperación o compensación por parte del mismo.
No se subvencionarán los siguientes gastos:
— Gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales o registrales,
gastos periciales y gastos de administración específicos, así como los de garantía bancaria. Los gastos de protocolo (celebraciones de inauguración o clausura, obsequios o
premios).
— Otros impuestos susceptibles de recuperación o compensación.
El Ayuntamiento de La Albuera no podrá cobrar una inscripción por la participación en actividades que hayan sido subvencionadas a través del presente convenio.
Octava. Régimen de justificación y pagos.
La financiación se efectuará con arreglo a las siguientes normas:
— Un primer pago correspondiente al 50% de las actuaciones previstas para 2022 (5.850,33
Euros), una vez que el director técnico nombrado por la Consejería certifique que los
trabajos correspondientes al 50% de esta anualidad han finalizado, se han ejecutado
conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos relativos a este porcentaje.
— Un segundo pago correspondiente al 50% restante de las actuaciones previstas para
2022 (5.850,33 Euros), una vez que el director técnico nombrado por la Consejería
certifique que los trabajos correspondientes al 50% restante de esta anualidad han finalizado, se han ejecutado conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos
relativos a este porcentaje.
— Un tercer pago correspondiente al 50% de las actuaciones previstas para 2023 (61.700,66
Euros), una vez que el director técnico nombrado por la Consejería certifique que los
trabajos correspondientes al 50% de esta anualidad han finalizado, se han ejecutado
conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos relativos a este porcentaje.
— Un cuarto pago correspondiente al 50% restante de las actuaciones previstas para 2023
(61.700,66 Euros) una vez que el director técnico nombrado por la Consejería certifique
que los trabajos correspondientes al 50% restante de esta anualidad han finalizado, se
han ejecutado conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos relativos a
este porcentaje.
Lunes 14 de noviembre de 2022
55127
consideración del I.V.A. como gasto subvencionable, el beneficiario deberá remitir certificado
emitido por el Interventor del Ayuntamiento que justifique que el I.V.A. no es susceptible de
recuperación o compensación por parte del mismo.
No se subvencionarán los siguientes gastos:
— Gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales o registrales,
gastos periciales y gastos de administración específicos, así como los de garantía bancaria. Los gastos de protocolo (celebraciones de inauguración o clausura, obsequios o
premios).
— Otros impuestos susceptibles de recuperación o compensación.
El Ayuntamiento de La Albuera no podrá cobrar una inscripción por la participación en actividades que hayan sido subvencionadas a través del presente convenio.
Octava. Régimen de justificación y pagos.
La financiación se efectuará con arreglo a las siguientes normas:
— Un primer pago correspondiente al 50% de las actuaciones previstas para 2022 (5.850,33
Euros), una vez que el director técnico nombrado por la Consejería certifique que los
trabajos correspondientes al 50% de esta anualidad han finalizado, se han ejecutado
conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos relativos a este porcentaje.
— Un segundo pago correspondiente al 50% restante de las actuaciones previstas para
2022 (5.850,33 Euros), una vez que el director técnico nombrado por la Consejería
certifique que los trabajos correspondientes al 50% restante de esta anualidad han finalizado, se han ejecutado conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos
relativos a este porcentaje.
— Un tercer pago correspondiente al 50% de las actuaciones previstas para 2023 (61.700,66
Euros), una vez que el director técnico nombrado por la Consejería certifique que los
trabajos correspondientes al 50% de esta anualidad han finalizado, se han ejecutado
conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos relativos a este porcentaje.
— Un cuarto pago correspondiente al 50% restante de las actuaciones previstas para 2023
(61.700,66 Euros) una vez que el director técnico nombrado por la Consejería certifique
que los trabajos correspondientes al 50% restante de esta anualidad han finalizado, se
han ejecutado conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos relativos a
este porcentaje.