Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063355)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una planta de gestión de residuos no peligrosos, promovida por Extrepronatur, SL, en el término municipal de Fuente del Maestre (Badajoz).
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NÚMERO 217
Viernes 11 de noviembre de 2022
54927
4. N
o se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en los
apartados 1 y 2.
- c - Medidas relativas a la prevención, minimización y control de
las emisiones contaminantes a la atmósfera
Las emisiones que la actividad produce son prácticamente nulas, puesto que no existe ningún tipo de tratamiento químico, térmico o biológico, de los residuos gestionados, que pueda
emitir gases a la atmosfera.
Sobre los residuos descargados, las únicas acciones a realizar serán las de clasificación, separación y limpieza de los mismos, actuando solamente en aquellos materiales que por su
naturaleza permita una limpieza y clasificación manual de los mismos.
Existirán emisiones de gases y polvo de carácter puntual y poco significativas, provenientes
de la llegada o salida ocasional de vehículos a las instalaciones y de las tareas de almacenamiento en el interior de la instalación.
No existirán fuentes productoras de olores y de gases en la instalación, al gestionarse exclusivamente residuos inertes.
Debiendo cumplirse lo dispuesto en el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que
se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se
establecen las disposiciones básicas para su aplicación.
- d - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
Con respecto de la contaminación de las aguas superficiales, la instalación, se encuentra
delimitada perimetralmente por una cuneta exterior al vallado, de forma que no se formen
escorrentías en el interior de la planta.
En la zona de recepción, se dispone de una cuneta de hormigón perimetral, según la pendiente establecida, para la recogida y transporte de las aguas superficiales hacia una balsa de
lixiviados anexa a la zona hormigonada.
Respecto de las aguas residuales las generadas por las operaciones de aseo y limpieza, del
personal de la instalación, producidas en el aseo de la caseta, estas se recogerán mediante
conducciones de saneamiento hacia una fosa séptica estanca anexa, para poder ser retirada
de manera periódica por un gestor autorizado, (para el transporte y tratamiento de las aguas
residuales), aun cuando no se alcance la cantidad máxima de almacenamiento.
Se debe garantizar el mantenimiento adecuado de dichas instalaciones, teniendo especial
precaución en el separador de hidrocarburos y en la balsa de lixiviados.
Viernes 11 de noviembre de 2022
54927
4. N
o se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en los
apartados 1 y 2.
- c - Medidas relativas a la prevención, minimización y control de
las emisiones contaminantes a la atmósfera
Las emisiones que la actividad produce son prácticamente nulas, puesto que no existe ningún tipo de tratamiento químico, térmico o biológico, de los residuos gestionados, que pueda
emitir gases a la atmosfera.
Sobre los residuos descargados, las únicas acciones a realizar serán las de clasificación, separación y limpieza de los mismos, actuando solamente en aquellos materiales que por su
naturaleza permita una limpieza y clasificación manual de los mismos.
Existirán emisiones de gases y polvo de carácter puntual y poco significativas, provenientes
de la llegada o salida ocasional de vehículos a las instalaciones y de las tareas de almacenamiento en el interior de la instalación.
No existirán fuentes productoras de olores y de gases en la instalación, al gestionarse exclusivamente residuos inertes.
Debiendo cumplirse lo dispuesto en el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que
se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se
establecen las disposiciones básicas para su aplicación.
- d - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
Con respecto de la contaminación de las aguas superficiales, la instalación, se encuentra
delimitada perimetralmente por una cuneta exterior al vallado, de forma que no se formen
escorrentías en el interior de la planta.
En la zona de recepción, se dispone de una cuneta de hormigón perimetral, según la pendiente establecida, para la recogida y transporte de las aguas superficiales hacia una balsa de
lixiviados anexa a la zona hormigonada.
Respecto de las aguas residuales las generadas por las operaciones de aseo y limpieza, del
personal de la instalación, producidas en el aseo de la caseta, estas se recogerán mediante
conducciones de saneamiento hacia una fosa séptica estanca anexa, para poder ser retirada
de manera periódica por un gestor autorizado, (para el transporte y tratamiento de las aguas
residuales), aun cuando no se alcance la cantidad máxima de almacenamiento.
Se debe garantizar el mantenimiento adecuado de dichas instalaciones, teniendo especial
precaución en el separador de hidrocarburos y en la balsa de lixiviados.