Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063293)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación de fabricación de carbón vegetal, cuyo promotor es José Manuel Conejo López, en el término municipal de Higuera de Vargas.
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NÚMERO 216
54693
Jueves 10 de noviembre de 2022
2. L
a generación de cualquier otro residuo no mencionado anteriormente, deberá ser
comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la
gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
3. En todo caso, el titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de
residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de
aplicación en cada momento, Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.
4. L
os residuos producidos deberán almacenarse en condiciones adecuadas de higiene y
seguridad. La duración del almacenamiento de residuos no peligrosos será inferior a dos
años cuando se destinen a valorización y a un año cuando se destinen a eliminación.
5. En caso de generar restos de carbonilla, serán considerados como subproductos para la
fabricación de briquetas. En caso contrario serán reintroducidos en el horno o gestionados
por gestor autorizado.
- b - Medidas relativas a la prevención, minimización y control de las emisiones
contaminantes a la atmósfera
1. L
as instalaciones cuyo funcionamiento dé lugar a emisiones contaminantes a la atmósfera
habrán de presentar un diseño, equipamiento, construcción y explotación que eviten una
contaminación atmosférica significativa a nivel del suelo. En particular, los gases de escape
serán liberados de modo controlado y de acuerdo con lo establecido en la autorización
ambiental unificada por medio de chimeneas que irán asociadas a cada uno de los focos
de emisión.
2. El complejo industrial consta de 4 focos de emisión de contaminantes a la atmósfera, que
se detallan en la siguiente tabla.
Clasificación R.D.100/2011, de 28
Foco de emisión
N.º
de enero
Denominación
Combustible
o producto
S
1 Horno de carbonización de
142,45 m3 (p.t.n. 0,834MW)
C
03 01 06
03
□
□
Madera
Carbonización
de la madera
2 Horno de carbonización de
142,45 m3 (p.t.n. 0,834MW)
C
03 01 06
03
□
□
Madera
Carbonización
de la madera
3 Horno de carbonización de
142,45 m3 (p.t.n. 0,834MW)
C
03 01 06
03
□
□
Madera
Carbonización
de la madera
04 06 17
52
□
S: Sistemático
(2)
NS: No Sistemático
C: Confinado
D
asociado
Código
-
C
asociado
Grupo
4 Almacenamientos de carbón
vegetal pulverulento
NS
Proceso
□
Carbón vegetal Almacenamienpulverulento to
D: Difuso
54693
Jueves 10 de noviembre de 2022
2. L
a generación de cualquier otro residuo no mencionado anteriormente, deberá ser
comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la
gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
3. En todo caso, el titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de
residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de
aplicación en cada momento, Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.
4. L
os residuos producidos deberán almacenarse en condiciones adecuadas de higiene y
seguridad. La duración del almacenamiento de residuos no peligrosos será inferior a dos
años cuando se destinen a valorización y a un año cuando se destinen a eliminación.
5. En caso de generar restos de carbonilla, serán considerados como subproductos para la
fabricación de briquetas. En caso contrario serán reintroducidos en el horno o gestionados
por gestor autorizado.
- b - Medidas relativas a la prevención, minimización y control de las emisiones
contaminantes a la atmósfera
1. L
as instalaciones cuyo funcionamiento dé lugar a emisiones contaminantes a la atmósfera
habrán de presentar un diseño, equipamiento, construcción y explotación que eviten una
contaminación atmosférica significativa a nivel del suelo. En particular, los gases de escape
serán liberados de modo controlado y de acuerdo con lo establecido en la autorización
ambiental unificada por medio de chimeneas que irán asociadas a cada uno de los focos
de emisión.
2. El complejo industrial consta de 4 focos de emisión de contaminantes a la atmósfera, que
se detallan en la siguiente tabla.
Clasificación R.D.100/2011, de 28
Foco de emisión
N.º
de enero
Denominación
Combustible
o producto
S
1 Horno de carbonización de
142,45 m3 (p.t.n. 0,834MW)
C
03 01 06
03
□
□
Madera
Carbonización
de la madera
2 Horno de carbonización de
142,45 m3 (p.t.n. 0,834MW)
C
03 01 06
03
□
□
Madera
Carbonización
de la madera
3 Horno de carbonización de
142,45 m3 (p.t.n. 0,834MW)
C
03 01 06
03
□
□
Madera
Carbonización
de la madera
04 06 17
52
□
S: Sistemático
(2)
NS: No Sistemático
C: Confinado
D
asociado
Código
-
C
asociado
Grupo
4 Almacenamientos de carbón
vegetal pulverulento
NS
Proceso
□
Carbón vegetal Almacenamienpulverulento to
D: Difuso