Servicio Extremeño De Salud. Libre Designación. (2022063321)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca procedimiento para la provisión del puesto de Personal Directivo en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud de Subdirector/a de Régimen Económico del Área de Salud de Cáceres.
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NÚMERO 216
Jueves 10 de noviembre de 2022
54367
Empleado Público aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
siempre que reúnan los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea podrán acceder, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que
los españoles. Estas previsiones serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores
de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se extenderá
a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño del puesto al que se
aspira.
d) Estar en posesión del título de Licenciado/a o Graduado/a en Derecho o Licenciado o
Graduado en Ciencias Económicas.
e) N
o haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier
servicio de salud o Administración Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para el ejercicio de funciones, empleos o cargos públicos por resolución
judicial. Para los nacionales de cualquier otro Estado no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente y no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal
que impida el ejercicio de funciones, empleos o cargos públicos o en situación equivalente. (Anexo III de la presente resolución).
2.2. A
simismo, podrán participar en la presente convocatoria con los mismos requisitos el
personal sin vinculación previa a la Administración. En este caso, la selección implicará
la formalización del correspondiente contrato laboral de alta dirección en el ámbito de
las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, conforme a lo establecido
en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de
carácter especial de personal de alta dirección.
2.3. L
os requisitos exigidos en la presente convocatoria deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso y
mientras dure el nombramiento.
Jueves 10 de noviembre de 2022
54367
Empleado Público aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
siempre que reúnan los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea podrán acceder, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que
los españoles. Estas previsiones serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores
de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se extenderá
a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño del puesto al que se
aspira.
d) Estar en posesión del título de Licenciado/a o Graduado/a en Derecho o Licenciado o
Graduado en Ciencias Económicas.
e) N
o haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier
servicio de salud o Administración Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para el ejercicio de funciones, empleos o cargos públicos por resolución
judicial. Para los nacionales de cualquier otro Estado no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente y no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal
que impida el ejercicio de funciones, empleos o cargos públicos o en situación equivalente. (Anexo III de la presente resolución).
2.2. A
simismo, podrán participar en la presente convocatoria con los mismos requisitos el
personal sin vinculación previa a la Administración. En este caso, la selección implicará
la formalización del correspondiente contrato laboral de alta dirección en el ámbito de
las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, conforme a lo establecido
en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de
carácter especial de personal de alta dirección.
2.3. L
os requisitos exigidos en la presente convocatoria deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso y
mientras dure el nombramiento.