Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063291)
Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación de fabricación de carbón vegetal cuyo promotor es Gregorio Moreno Fernández de Cordova, en el término municipal de Alconchel.
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NÚMERO 216

54640

Jueves 10 de noviembre de 2022

RESUELVE
Otorgar autorización ambiental unificada a Gregorio Moreno Fernández de Cordova para el
proyecto de instalación destinada a la fabricación de carbón vegetal a ubicar en el término
municipal de Alconchel (Badajoz), a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Reglamento
de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
aprobado por el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, señalando que, en cualquier fase del proyecto,
se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación
técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio
de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad en cada momento.
y las siguientes condiciones:
El n.º de expediente del complejo industrial es el AAU20/134.
- a - Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y
control de los residuos generados en la actividad
1. L
 os residuos no peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:

RESIDUO

ORIGEN

CÓDIGO LER
(1)

15 01

CANTIDAD
ESTIMADA
AÑO

Residuos de envases

Envases

Lodos de fosas sépticas

Aguas residuales sanitarias

20 03 04

2 m3

Aguas de enfriamiento

Enfriamiento del carbón vegetal

16 10 02

5 m3

Lodos de aguas industriales

Lodos de la balsa de agua de enfriado

19 08 14

2 m3

(2)

500 kg

LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.
(1)

Se incluyen los distintos códigos LER de envases, a excepción de los correspondientes a residuos peligrosos.
Principalmente, envases textiles.
(2)

2. L
 a generación de cualquier otro residuo no mencionado anteriormente, deberá ser
comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la
gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
3. En todo caso, el titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de
residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de