Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063177)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Primera Adenda al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de la Empresa Pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar la ejecución del Programa de Captación y Atracción de Inversiones 2021-2022.
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NÚMERO 216
Jueves 10 de noviembre de 2022

54500

Segundo. El objeto del convenio era formalizar la transferencia específica para financiar la
ejecución del programa de captación y atracción de inversiones en el periodo 2021-2022,
en el marco de las políticas públicas en materia de promoción de la inversión en la región
extremeña, fijando los objetivos específicos a conseguir, las actividades a desarrollar y los
mecanismos de evaluación.
La financiación de las actividades del programa de captación y atracción de inversiones para
el periodo 2021-2022 se lleva a cabo a través de una transferencia específica de carácter plurianual, por un importe global de 290.000,00€ (doscientos noventa mil euros), distribuidos
en 145.000,00€ (ciento cuarenta y cinco mil euros) para la anualidad 2021 y 145.000,00€
(ciento cuarenta y cinco mil euros) para la anualidad 2022, encuadrada en el programa 341A
“Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña”, gestionado por la Secretaría General de Economía y Comercio.
El proyecto de gasto para financiar la actuación es el 20180200 Extremadura Avante Servicios
Avanzados a la Pyme. Atracción de Inversiones, financiado con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Por un importe total de 290.000,00 €, correspondiendo
145.000,00 € para la anualidad 2021 y 145.000,00 € a la anualidad 2022.
Tercero. En la cláusula quinta del convenio, se establece que se podrán celebrar adendas al
citado convenio para modificar el contenido del mismo. A tal efecto, se entenderá necesaria la
formalización de adenda, cuando las posibles variaciones superen el 20% del presupuesto entre operaciones, dentro de cada actividad o una desviación superior a un 10% de presupuesto
entre cada una de las actividades. Todo ello respecto del importe previsto para cada anualidad
y siempre que previamente sea acordado por la Comisión de Seguimiento.
En fecha 24 de marzo de 2022 se reúne de forma telemática la comisión de seguimiento del
convenio, considerándose necesario, tal y como se recoge en la correspondiente acta, la realización de modificaciones al convenio firmado que no suponen cambio del objeto previsto en
la cláusula primera, ni implican alteración del importe global del gasto, pero sí un reajuste del
capítulo presupuestario de medios humanos y técnicos que, de conformidad con lo indicado
en el párrafo anterior, requieren la formalización de una adenda.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir la presente Adenda que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación de la cláusula tercera del Convenio.
Se modifica la cláusula tercera del mencionado convenio, relativa a la financiación del mismo,
a la que se le da una nueva redacción con el siguiente tenor: