Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2022AC0084)
Acuerdo de 28 de julio de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 1/2022 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Torremayor (M-015), para suprimir la limitación volumétrica para industrias y almacenes agrícolas que opera en el Suelo No Urbanizable Protegido "Áreas de Baja Protección - Tipo V" y en el Suelo No Urbanizable "Zona de Máxima Tolerancia - Tipo VI" (art. VI.63.2.d).
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NÚMERO 216
Jueves 10 de noviembre de 2022

54513

ACUERDO de 28 de julio de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 1/2022 de
las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Torremayor (M-015),
para suprimir la limitación volumétrica para industrias y almacenes agrícolas
que opera en el Suelo No Urbanizable Protegido "Áreas de Baja Protección Tipo V" y en el Suelo No Urbanizable "Zona de Máxima Tolerancia - Tipo VI"
(artículo VI.63.2.d). (2022AC0084)
La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura (CUOTEX), en sesión
celebrada el 28 de julio de 2022, adoptó el siguiente acuerdo sobre el asunto epigrafiado:
I. Antecedentes.
El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 01/03/2022
y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de
Extremadura de 15/03/2022 y en sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones
según certificado de la Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente el 25/05/2022.
Consta su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental previsto en la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que ha dado como resultado la formulación del informe ambiental estratégico
mediante resolución de 05/07/2022 de la Dirección Gral. de Sostenibilidad.
Constan en el expediente los informes favorables o de no afección de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (22/02/2022) y de la Dirección Gral. de Movilidad e Infraestructuras
Viarias (29/04/2022).
II. Competencia.
Torremayor no dispone de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de
la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de
Extremadura (LOTUS), por lo que es de aplicación el apartado 3.f de su disposición transitoria segunda que, en la redacción dada por la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas
ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, establece que le corresponde a la
Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las modificaciones de la ordenación estructural del planeamiento general y las de carácter detallado al municipio. A estos efectos
se entenderá por determinaciones de ordenación estructural y detallada las relacionadas
en el artículo 45 de la LOTUS. Cuando no sea posible deslindar las determinaciones de una
y otra naturaleza, la competencia corresponderá a la Comunidad Autónoma.