Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2022063273)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, a la sociedad Proyecto Solkw Uno, SL, para la instalación fotovoltaica "Las Capellanías Uno", ubicada en el término municipal de Cáceres, e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/44/20.
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NÚMERO 215
Miércoles 9 de noviembre de 2022

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Cuarto. Con fecha de 25 de mayo de 2022, D. Pablo Jesús Velado Casar, en representación de
la sociedad Proyecto Solkw Uno, SL, presenta modificado de proyecto de la línea de evacuación de la instalación de referencia, con motivo de la modificación del trazado que conectará la
SET de la instalación con la STR “Cáceres 2”, propiedad de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes,
SAU.
Quinto. Con motivo de las modificaciones introducidas en la instalación, con fecha 20 de
junio de 2022 se dictó anuncio de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por el
que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de
reconocimiento de utilidad pública, de la modificación de la infraestructura de evacuación de
energía eléctrica asociada a la instalación de referencia, publicado en DOE n.º 68, de fecha 7
de abril de 2022, finalizando el correspondiente trámite de exposición con fecha 12 de agosto
de 2022, no habiéndose presentado alegaciones al respecto.
Sexto. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de trans­porte, distribución, comercialización, suministro y procedi­mientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se dio traslado de
las separatas correspondientes a las distintas administraciones, organismos o empresas de
servicio público o de interés general, con bienes y derechos a su cargo, afectadas por las modificaciones introducidas en la instalación, no habiendo manifestado éstas oposición alguna a
las consultas realizadas, siendo, asimismo, aceptados por el promotor los informes emitidos
por los mismos.
Septimo. Con fecha 28 de octubre de 2022, se dictó Resolución de la Dirección General de
Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa para la
instalación de referencia.
A estos antecedentes de hecho le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del artículo 9 del Estatuto de Autonomía, modificado por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, la Comunidad Autónoma de
Extremadura tiene competencias exclusivas en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio, incluida
la eléctrica cuando el aprovechamiento de ésta no afecte a otras Comunidades Autónomas.
En este sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto del Presidente
41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, así como lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se