Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2022063271)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Mejostilla FV 5" e infraestructura de evacuación, a ejecutar en el término municipal de Cáceres.
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NÚMERO 215
Miércoles 9 de noviembre de 2022
54287
D.2. Medidas en la fase de construcción.
1. Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras,
al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del
proyecto.
2. No se ocupará ninguna zona de vegetación natural asociada a los encharcamientos y
cauces presentes en la zona.
3. Se evitará, en lo posible, dañar o eliminar vegetación arbustiva o arbórea, situando
las zonas de acopios temporales, parque de maquinaria e instalaciones auxiliares,
áreas de trabajo, zonas de préstamo, vertederos, etc.
4. Se respetarán los drenajes naturales del terreno existentes evitando la disposición
de elementos sobre los mismos.
5. Los desbroces del terreno serán puntuales. Se evitará, en la medida de lo posible,
que los desbroces se realicen durante las épocas de reproducción de la mayoría de
las especies faunísticas (que suele ser entre finales de invierno y mediados del verano, febrero a julio, aproximadamente).
6. Como medida protectora, se realizará antes de la ejecución de los desbroces una
inspección de campo para la localización de nidos o lugares de concentración de animales que pudieran ser eliminados de forma directa.
7. No se permitirán movimientos de tierra que no se encuentren debidamente justificados ambientalmente, y cuantificados en el proyecto y en el EsIA, debiendo ser
replanteados en la visita previa al inicio de las obras y debidamente autorizados en
los distintos informes del plan de vigilancia ambiental de la fase de obras, que deberán presentarse mensualmente. El suelo nunca podrá perder su condición de suelo
agrícola.
8. La tierra vegetal resultante de las excavaciones y movimientos de tierras se almacenará formando caballones de 1,5 m de altura máxima. Se tomarán las medidas
necesarias para mantener su potencial edáfico hasta su utilización en las tareas de
restauración posteriores.
9. En ningún caso se procederá a la quema de la vegetación ya que esta práctica, además de la destrucción de un lugar de refugio y alimento de fauna, provoca procesos
de erosión y pérdida de fertilidad del suelo. Se recomienda el triturado y astillado de
los restos para que sean reutilizados como mantillo o “mulch” y dejarlo en la zona de
actuación.
Miércoles 9 de noviembre de 2022
54287
D.2. Medidas en la fase de construcción.
1. Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras,
al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del
proyecto.
2. No se ocupará ninguna zona de vegetación natural asociada a los encharcamientos y
cauces presentes en la zona.
3. Se evitará, en lo posible, dañar o eliminar vegetación arbustiva o arbórea, situando
las zonas de acopios temporales, parque de maquinaria e instalaciones auxiliares,
áreas de trabajo, zonas de préstamo, vertederos, etc.
4. Se respetarán los drenajes naturales del terreno existentes evitando la disposición
de elementos sobre los mismos.
5. Los desbroces del terreno serán puntuales. Se evitará, en la medida de lo posible,
que los desbroces se realicen durante las épocas de reproducción de la mayoría de
las especies faunísticas (que suele ser entre finales de invierno y mediados del verano, febrero a julio, aproximadamente).
6. Como medida protectora, se realizará antes de la ejecución de los desbroces una
inspección de campo para la localización de nidos o lugares de concentración de animales que pudieran ser eliminados de forma directa.
7. No se permitirán movimientos de tierra que no se encuentren debidamente justificados ambientalmente, y cuantificados en el proyecto y en el EsIA, debiendo ser
replanteados en la visita previa al inicio de las obras y debidamente autorizados en
los distintos informes del plan de vigilancia ambiental de la fase de obras, que deberán presentarse mensualmente. El suelo nunca podrá perder su condición de suelo
agrícola.
8. La tierra vegetal resultante de las excavaciones y movimientos de tierras se almacenará formando caballones de 1,5 m de altura máxima. Se tomarán las medidas
necesarias para mantener su potencial edáfico hasta su utilización en las tareas de
restauración posteriores.
9. En ningún caso se procederá a la quema de la vegetación ya que esta práctica, además de la destrucción de un lugar de refugio y alimento de fauna, provoca procesos
de erosión y pérdida de fertilidad del suelo. Se recomienda el triturado y astillado de
los restos para que sean reutilizados como mantillo o “mulch” y dejarlo en la zona de
actuación.