Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Marco De Atención A La Discapacidad En Extremadura. (2022063344)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia del SEPAD, del procedimiento de concertación directa para la prestación del servicio de residencia de apoyo extenso o generalizado incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura, de conformidad con lo establecido en el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.
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NÚMERO 214
Martes 8 de noviembre de 2022

54058

6. Condiciones especiales de ejecución.
El concierto se halla sujeto al cumplimiento por parte de la entidad prestadora del servicio
y respecto de las personas trabajadoras vinculadas a su prestación, de las disposiciones
legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de seguridad social
y de seguridad y salud en el trabajo.
Especialmente, la entidad prestadora del servicio deberá acreditar la afiliación y el alta en
la seguridad social de las personas trabajadoras destinadas a su prestación. Esta obligación se extenderá, en su caso, a todo el personal subcontratado por la entidad prestadora
del servicio destinada a su prestación.
Asimismo, deberá acreditarse que la contratación del personal está sometido conforme al
Convenio Colectivo general de centros de servicios de atención a la discapacidad en vigor.
La entidad titular del servicio concertado estará obligada a mantener durante toda la vigencia del concierto un seguro de responsabilidad civil por el importe mínimo de 300.000
euros, para la cobertura de los siguientes riesgos:
— Los daños que puedan sufrir cualesquiera personas, en sí mismas o sus bienes, y que se
derivan de la prestación del servicio, tanto fuera como dentro del establecimiento donde
se desarrollan.
— Los daños que pueden causar a las personas y a los bienes de terceros, los profesionales
y en general cualquier persona que lleve a cabo la prestación del servicio, tanto fuera
como dentro del establecimiento.
7. Plazo de ejecución.
Conforme a lo establecido en la disposición transitoria única del Decreto 122/2022, de 28
de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y
sociosanitario en Extremadura, los conciertos que se suscriban tendrán una duración de
doce meses, iniciando su vigencia a partir del 2 de octubre de 2022 hasta el 1 de octubre
de 2023.
8. Penalidades.
En cuanto a las penalidades a aplicar, se contemplan las siguientes:
1. Incumplimiento total o parcial de la ejecución de la prestación del servicio: