Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Marco De Atención A La Discapacidad En Extremadura. (2022063338)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia del SEPAD, del procedimiento de concertación directa para la prestación del servicio de centro de día incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura, de conformidad con lo establecido en el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.
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NÚMERO 214
Martes 8 de noviembre de 2022

53981

De acuerdo con el artículo 7 del citado decreto, el procedimiento de adjudicación del concierto
social se iniciará de oficio, a propuesta del órgano gestor interesado y requerirá la tramitación
del preceptivo expediente; así mismo, exige la documentación mínima que debe constar en
el mismo.
Por otro lado, el procedimiento de adjudicación directa se encuentra regulado en el artículo
15 del referido decreto, que prevé el contenido que como mínimo debe contener el acuerdo
de inicio; de igual modo permite en su apartado primero la posibilidad de tramitar este
procedimiento por tipo servicios o por entidad prestadora del mismo.
Tercero. Así lo expuesto, y en aras a garantizar la continuidad de la prestación de las personas
beneficiarias del Servicio de Centro de Día concertado al amparo del Decreto 151/2006, de 31
de julio, por el que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX),
ante la imposibilidad en estos momentos de la formalización de esta concertación mediante
la tramitación del correspondiente procedimiento de convocatoria pública y concurrencia al
no existir tiempo material para ello, el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y
Atención a la Dependencia considera preciso acogerse a este instrumento jurídico al tiempo
que se adapta la actual normativa, a través del procedimiento de concertación directa para
la prestación del Servicio de Centro de Día por el periodo comprendido del 2 de octubre de
2022 al 1 de octubre de 2023, con las mismas entidades que venían prestando el citado
servicio a través de los conciertos renovados al amparo de la disposición adicional primera
del del Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la Modernización de
la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, y que se detallan en el anexo I.
De conformidad con los citados artículos 7 y 15 del Decreto 122/2022, de 28 de septiembre,
en el expediente consta la siguiente documentación:
— Certificado de existencia de crédito.
— Informe de necesidad y justificativo de la elección de concertación directa.
— Memoria explicativa.
— Pliegos de la concertación directa.
— Propuesta de acuerdo de inicio de la Jefatura de la Unidad de Gestión de Programas
Asistenciales del SEPAD.
— Acuerdo de inicio del Director Gerente del SEPAD.