Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Marco De Atención A La Discapacidad En Extremadura. (2022063338)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia del SEPAD, del procedimiento de concertación directa para la prestación del servicio de centro de día incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura, de conformidad con lo establecido en el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura.
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NÚMERO 214
Martes 8 de noviembre de 2022
53993
PLIEGO DE CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO DE CONCERTACIÓN
DIRECTA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CENTRO DE DÍA INCLUIDO
EN EL MARCO DE ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD EN EXTREMADURA,
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO 122/2022,
DE 28 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 13/2018,
DE 26 DE DICIEMBRE, DE CONCIERTOS SOCIALES PARA LA PRESTACIÓN
DE SERVICIOS A LAS PERSONAS EN EL ÁMBITO SOCIAL, SANITARIO Y
SOCIOSANITARIO EN EXTREMADURA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.1 del Decreto 122/2022, de 28 de septiembre,
por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la
prestación de servicios a las personas en los ámbito social, sanitario y sociosanitario en
Extremadura, se emite el siguiente pliego de condiciones del procedimiento de concertación
directa para la prestación del Servicio de Centro de Día incluido en el Marco de Atención a la
Discapacidad en Extremadura, con el siguiente contenido:
1. Descripción del servicio objeto de concierto
El presente pliego tiene por objeto la prestación del Servicio de Centro de Día incluido en el
Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
Podrán suscribir una concertación directa para la prestación del Servicio de Centro de Día
todas las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Entidades
Acreditadas y Concertadas MADEX que hayan obtenido la correspondiente acreditación para
la prestación del Servicio de Centro de Día y estuvieran prestando el servicio mediante las
normas establecidas en el Decreto 151/2006, de 31de julio a fecha de 1 de octubre de 2022.
2. Personas destinatarias del servicio concertado
Serán destinatarias del Servicio de Centro de Día las personas derivadas por el SEPAD que
cumplan los requisitos establecidos en el Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se
regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX).
3. Derechos y obligaciones de las partes
El SEPAD y las entidades concertadas tendrá los derechos y obligaciones derivados de lo
establecido en este pliego y en el acuerdo de concertación.
Asimismo, las entidades concertadas tendrán las siguientes obligaciones:
— Mantenimiento de las condiciones: la entidad estará obligada a mantener durante el periodo de
vigencia del concierto las condiciones y requisitos establecidos para la prestación del servicio.
Martes 8 de noviembre de 2022
53993
PLIEGO DE CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO DE CONCERTACIÓN
DIRECTA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CENTRO DE DÍA INCLUIDO
EN EL MARCO DE ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD EN EXTREMADURA,
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO 122/2022,
DE 28 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 13/2018,
DE 26 DE DICIEMBRE, DE CONCIERTOS SOCIALES PARA LA PRESTACIÓN
DE SERVICIOS A LAS PERSONAS EN EL ÁMBITO SOCIAL, SANITARIO Y
SOCIOSANITARIO EN EXTREMADURA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.1 del Decreto 122/2022, de 28 de septiembre,
por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la
prestación de servicios a las personas en los ámbito social, sanitario y sociosanitario en
Extremadura, se emite el siguiente pliego de condiciones del procedimiento de concertación
directa para la prestación del Servicio de Centro de Día incluido en el Marco de Atención a la
Discapacidad en Extremadura, con el siguiente contenido:
1. Descripción del servicio objeto de concierto
El presente pliego tiene por objeto la prestación del Servicio de Centro de Día incluido en el
Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
Podrán suscribir una concertación directa para la prestación del Servicio de Centro de Día
todas las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Entidades
Acreditadas y Concertadas MADEX que hayan obtenido la correspondiente acreditación para
la prestación del Servicio de Centro de Día y estuvieran prestando el servicio mediante las
normas establecidas en el Decreto 151/2006, de 31de julio a fecha de 1 de octubre de 2022.
2. Personas destinatarias del servicio concertado
Serán destinatarias del Servicio de Centro de Día las personas derivadas por el SEPAD que
cumplan los requisitos establecidos en el Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se
regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX).
3. Derechos y obligaciones de las partes
El SEPAD y las entidades concertadas tendrá los derechos y obligaciones derivados de lo
establecido en este pliego y en el acuerdo de concertación.
Asimismo, las entidades concertadas tendrán las siguientes obligaciones:
— Mantenimiento de las condiciones: la entidad estará obligada a mantener durante el periodo de
vigencia del concierto las condiciones y requisitos establecidos para la prestación del servicio.