Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2022063282)
Modificación del Extracto de la Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la contratación de personas jóvenes tituladas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 213
53811
Lunes 7 de noviembre de 2022
de trabajo de duración determinada solo podrá celebrarse por circunstancias de la producción
o por sustitución de persona trabajadora. Se deberán acreditar y justificar las causas que
habiliten la contratación temporal.
El nuevo marco establecido por la reforma laboral, por el que se ha reducido la temporalidad y
se ha generalizado la contratación indefinida, ha provocado que no se cumplan las previsiones
de solicitudes de ayudas por lo que se considera conveniente reducir el plazo de vigencia para
reformular las bases reguladoras de las ayudas. En virtud de todo lo anterior, se procede a la
siguiente modificación del apartado quinto del Extracto de la Resolución de 22 de diciembre de
2021, de la Secretaría General de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la contratación de personas jóvenes tituladas en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2022:
“Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes se inicia el
día siguiente al que se publique en el Diario Oficial del Extremadura la presente resolución
y finaliza el 14 de noviembre de 2022. La resolución y el extracto de la misma, se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura conforme a lo previsto en el artículo 16.q) de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, a contar desde la fecha de inicio de
la contratación.”
Mérida, 28 de octubre de 2022.
El Secretario General de la Consejería de
Educación y Empleo,
(PD, Resolución de 29 de octubre de 2020.
DOE núm. 214 de 5 de noviembre de 2020).
El Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo,
VÍCTOR GARCÍA VEGA
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53811
Lunes 7 de noviembre de 2022
de trabajo de duración determinada solo podrá celebrarse por circunstancias de la producción
o por sustitución de persona trabajadora. Se deberán acreditar y justificar las causas que
habiliten la contratación temporal.
El nuevo marco establecido por la reforma laboral, por el que se ha reducido la temporalidad y
se ha generalizado la contratación indefinida, ha provocado que no se cumplan las previsiones
de solicitudes de ayudas por lo que se considera conveniente reducir el plazo de vigencia para
reformular las bases reguladoras de las ayudas. En virtud de todo lo anterior, se procede a la
siguiente modificación del apartado quinto del Extracto de la Resolución de 22 de diciembre de
2021, de la Secretaría General de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la contratación de personas jóvenes tituladas en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2022:
“Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes se inicia el
día siguiente al que se publique en el Diario Oficial del Extremadura la presente resolución
y finaliza el 14 de noviembre de 2022. La resolución y el extracto de la misma, se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura conforme a lo previsto en el artículo 16.q) de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, a contar desde la fecha de inicio de
la contratación.”
Mérida, 28 de octubre de 2022.
El Secretario General de la Consejería de
Educación y Empleo,
(PD, Resolución de 29 de octubre de 2020.
DOE núm. 214 de 5 de noviembre de 2020).
El Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo,
VÍCTOR GARCÍA VEGA
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