Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2022040183)
Decreto 125/2022, de 5 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 213
Lunes 7 de noviembre de 2022

53679

• Subtipología 2.3 “Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas”:
Declaración de que todos los combustibles que se van a utilizar tienen un valor por defecto de reducción de emisiones de GEI del 80%
o superior, o en su defecto, memoria que justifique que para dicho combustible la reducción de gases de efecto invernadero es igual
o superior al 80 %.
En el caso de aparatos de calefacción local o calderas de menos de 1 MW, se aportará:
Información sobre el combustible a utilizar según la norma UNE-EN-ISO 17225, la norma UNE 164003 o la norma UNE 164004.
Acreditación del fabricante del equipo de cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el
combustible que se vaya a utilizar.
Declaración del mantenimiento de un registro documental que acredite el combustible empleado.
En instalaciones mayores o iguales a 1 MW, se aportará información sobre el combustible a utilizar según la norma UNE-EN-ISO
17225, la norma UNE 164003 o la norma UNE 164004 o describirse en el caso de no ser un combustible incluido en dichas normas.

Información ADICIONAL sobre Protección de Datos
RESPONSABLE del Tratamiento Titular de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
Dirección: Paseo de Roma, s/n_Módulo C-2ª Planta. 06800, Mérida (Badajoz).
Correo electrónico: dgieym.tes@juntaex.es
Delegado de Protección de Datos: dpd@juntaex.es
FINALIDAD del Tratamiento

El tratamiento de los datos se realiza con la finalidad de la ordenación, instrucción, concesión y
comprobación de las subvenciones para la ejecución de programas de incentivos ligados a la rehabilitación
energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico.

LEGITIMACIÓN del Tratamiento

La legitimación para el tratamiento reside en el ejercicio de poderes públicos y en el cumplimiento de una
obligación legal del Responsable del Tratamiento (art. 6.1 c) del RGPD).
La Base Jurídica de la finalidad del tratamiento se encuentra en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones y la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.

PLAZO DE CONSERVACIÓN
de los datos

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para
determinar las posibles responsabilidades que pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los
datos.
Finalizado el expediente y los plazos legalmente previstos en la normativa aplicable, los datos serán
trasladados al Archivo Histórico de acuerdo con la normativa vigente.

DESTINATARIOS
de cesiones o transferencias

Los datos personales tratados en este procedimiento podrán ser utilizados por el Centro Directivo titular
de la competencia del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme el artículo 22 del
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Para aquellos procedimientos tramitados en SEDE Electrónica de Junta de Extremadura, los datos
recopilados que puedan servir para la realización de comunicaciones a los interesados estarán disponibles
conforme a lo regulado en la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más Ágil en la C.A. de
Extremadura, mediante su cesión a la Base de Datos Administrados, cuyo Responsable de Tratamiento
es la persona Titular de la Consejería competente sobre la citada SEDE -Vicepresidencia Primera y
Consejería de Hacienda y Administración Pública-.
No están previstas transferencias internacionales de datos ni otras cesiones de datos.
Sin embargo lo anterior, los datos podrán cederse a otros organismos u órganos de la Administración
Pública, sin precisar el previo consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho
de la Unión Europea o una Ley.

DERECHOS
de las personas interesadas

A obtener confirmación sobre la existencia de un tratamiento de sus datos.
A acceder a sus datos personales, solicitar la rectificación de los datos que sean inexactos o, en su caso,
solicitar la supresión, cuando entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los
que fueron recogidos o el interesado retire el consentimiento otorgado.
En determinados supuestos en que el tratamiento no esté legitimado en el interés público o ejercicio de
poderes públicos, el interesado podrá ejercitar su derecho a la portabilidad de los datos que se traten de