Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Sentencias. Ejecución. (2022063240)
Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Tributos, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 543/2022, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso contencioso-administrativo n.º 139/2022.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 212
53382
Jueves 4 de noviembre de 2022
2) Anulamos la Liquidación Provisional dictada por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad Actos Jurídicos Documentados,
en relación con la compraventa de la oficina de farmacia formalizada en la escritura
pública de fecha 30-6-2016, por no ser ajustada a Derecho, sin perjuicio de que la Junta
de Extremadura pueda dictar una nueva comprobación de valores debidamente motivada, y subsiguiente Liquidación.
3) Condenamos a la Administración General del Estado y a la Junta de Extremadura al
pago de las costas procesales causadas a la parte actora por un importe máximo de
1.000 euros por todos los conceptos, IVA incluido, que deberá abonar cada una de las
dos partes demandadas (2.000 euros en total)”.
Mérida, 25 de octubre de 2022.
El Director General de Tributos,
FRANCISCO JAVIER GARCÍA MARTÍN
•••
53382
Jueves 4 de noviembre de 2022
2) Anulamos la Liquidación Provisional dictada por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad Actos Jurídicos Documentados,
en relación con la compraventa de la oficina de farmacia formalizada en la escritura
pública de fecha 30-6-2016, por no ser ajustada a Derecho, sin perjuicio de que la Junta
de Extremadura pueda dictar una nueva comprobación de valores debidamente motivada, y subsiguiente Liquidación.
3) Condenamos a la Administración General del Estado y a la Junta de Extremadura al
pago de las costas procesales causadas a la parte actora por un importe máximo de
1.000 euros por todos los conceptos, IVA incluido, que deberá abonar cada una de las
dos partes demandadas (2.000 euros en total)”.
Mérida, 25 de octubre de 2022.
El Director General de Tributos,
FRANCISCO JAVIER GARCÍA MARTÍN
•••