Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063251)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Ganados Hermanos Reyes, SL, en el término municipal de Navalvillar de Pela.
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NÚMERO 212
Viernes 4 de noviembre de 2022
53421
ANEXO III
Resolución de 21 de junio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se
formula valoración ambiental de la modificación del proyecto de explotación porcina, a ejecutar en el término municipal de Navalvillar de Pela, cuyo promotor es Ganados Hermanos
Reyes, SL. Expte: IA17/1129.
El proyecto de explotación porcina, ubicado en el término municipal de Navalvillar de Pela,
cuyo promotor es Ganados Hermanos Reyes, SL, cuenta con informe de impacto ambiental
simplificado favorable de fecha 16 de febrero de 2018.
El objeto del proyecto ya evaluado consistía en la ampliación de una explotación porcina
ubicada en las parcelas 471, 474, 475, 478 y 480 del polígono 11 del término municipal de
Navalvillar de Pela, con una capacidad máxima de 679 hembras reproductoras y 20 verracos
en régimen de explotación intensivo, desarrollándose la totalidad del ciclo en el interior de las
naves de secuestro y corral de manejo. La explotación porcina producirá lechones con destino
a cebo en otras explotaciones cuando alcancen los 20 kg de peso. Para el desarrollo de la
actividad, la explotación porcina dispondrá de las siguientes instalaciones: Nave 1 (existente)
de 429 m2, Nave 2 (existente) de 511 m2, Nave 3 (existente) de 400 m2, Nave 4 (existente)
de 819 m2.
La totalidad de las naves dispondrán de suelo tipo slat y red de saneamiento.
Además la explotación porcina dispondrá de las siguientes instalaciones auxiliares existentes:
fosa de purines, balsa de purines, lazareto, corral de manejo con solera de hormigón de 663 m2
de superficie, vestuario y aseos, muelle de carga y descarga, vado sanitario, pediluvios, silos
para almacenamiento de pienso y depósito de agua.
El artículo 89.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, establece:
“1. Los promotores que pretendan llevar a cabo modificaciones de proyectos comprendidos
en el anexo V o en el anexo VI, deberán presentar ante el órgano ambiental la documentación que se indica a continuación y aquella que sea necesaria para determinar si la citada
modificación puede tener efectos adversos significativos sobre el medioambiente:
a) Análisis comparativo del proyecto evaluado y del proyecto modificado.
b) Efectos ambientales negativos previsibles derivados de la modificación del proyecto, con
especial referencia a vertidos de aguas residuales, emisiones a la atmósfera, generación
de residuos, uso de recursos naturales y afección a áreas y especies protegidas.
Viernes 4 de noviembre de 2022
53421
ANEXO III
Resolución de 21 de junio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se
formula valoración ambiental de la modificación del proyecto de explotación porcina, a ejecutar en el término municipal de Navalvillar de Pela, cuyo promotor es Ganados Hermanos
Reyes, SL. Expte: IA17/1129.
El proyecto de explotación porcina, ubicado en el término municipal de Navalvillar de Pela,
cuyo promotor es Ganados Hermanos Reyes, SL, cuenta con informe de impacto ambiental
simplificado favorable de fecha 16 de febrero de 2018.
El objeto del proyecto ya evaluado consistía en la ampliación de una explotación porcina
ubicada en las parcelas 471, 474, 475, 478 y 480 del polígono 11 del término municipal de
Navalvillar de Pela, con una capacidad máxima de 679 hembras reproductoras y 20 verracos
en régimen de explotación intensivo, desarrollándose la totalidad del ciclo en el interior de las
naves de secuestro y corral de manejo. La explotación porcina producirá lechones con destino
a cebo en otras explotaciones cuando alcancen los 20 kg de peso. Para el desarrollo de la
actividad, la explotación porcina dispondrá de las siguientes instalaciones: Nave 1 (existente)
de 429 m2, Nave 2 (existente) de 511 m2, Nave 3 (existente) de 400 m2, Nave 4 (existente)
de 819 m2.
La totalidad de las naves dispondrán de suelo tipo slat y red de saneamiento.
Además la explotación porcina dispondrá de las siguientes instalaciones auxiliares existentes:
fosa de purines, balsa de purines, lazareto, corral de manejo con solera de hormigón de 663 m2
de superficie, vestuario y aseos, muelle de carga y descarga, vado sanitario, pediluvios, silos
para almacenamiento de pienso y depósito de agua.
El artículo 89.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, establece:
“1. Los promotores que pretendan llevar a cabo modificaciones de proyectos comprendidos
en el anexo V o en el anexo VI, deberán presentar ante el órgano ambiental la documentación que se indica a continuación y aquella que sea necesaria para determinar si la citada
modificación puede tener efectos adversos significativos sobre el medioambiente:
a) Análisis comparativo del proyecto evaluado y del proyecto modificado.
b) Efectos ambientales negativos previsibles derivados de la modificación del proyecto, con
especial referencia a vertidos de aguas residuales, emisiones a la atmósfera, generación
de residuos, uso de recursos naturales y afección a áreas y especies protegidas.