Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063082)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres) sobre concesión directa de una subvención para financiar la ejecución de las obras de una estación depuradora de aguas residuales (EDAR).
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NÚMERO 212
Viernes 4 de noviembre de 2022

53310

ANEXO
MEMORIA DE ACTUACIONES
I. Antecedentes.
El Polígono Industrial “Puerta de Extremadura” se encuentra situado junto a la autovía
A5, punto kilométrico 170.6, en el término municipal de Peraleda de la Mata (Cáceres).
Actualmente en el P.I. solamente se encuentran instaladas una gasolinera y una industria
de transformación y envasado de carnes, pero, según informaciones del Ayuntamiento de
Peraleda, existen altas probabilidades de crecimiento a corto plazo.
El Polígono Industrial dispone de una Estación Depuradora de Aguas Residuales propia,
donde se recogen y tratan las aguas residuales procedentes del mismo, pero, debido al estado en que se encuentra la EDAR, no se consigue alcanzar el rendimiento necesario para
que el agua tratada sea apta para su vertido final.
En aras de encontrar una medida que solvente este problema, el Ayuntamiento de Peraleda de la Mata solicitó a la Junta de Extremadura la concesión directa de una subvención
para financiar el 40% del proyecto encargado por el consorcio MásMedio y la Diputación
Provincial de Cáceres a la empresa INYGES CONSULTORES; el cual, propone la solución
que mejor se adapta a las características del agua a tratar y las previsiones del aumento
de implantación de nuevas instalaciones industriales en el citado Polígono.
II. Objeto del proyecto.
Las actuaciones definidas en el proyecto y objeto del presente convenio tienen como finalidad la dotación al Polígono Industrial, de la infraestructura necesaria en materia de
depuración, hoy en muy mal estado, y dar así cumplimiento a lo establecido en la Directiva
91/271/CEE de 21 de mayo, incorporada en el ordenamiento Jurídico español por el Real
Decreto Ley 11/1995, de 22 de diciembre.
I. Bases de partida de cálculo.


Los caudales y cargas contaminantes previstas para el diseño de la EDAR son: