Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Fiesta De Interés Turístico. (2022050197)
Orden de 25 de octubre de 2022 por la que se declara Fiesta de Interés Turístico de Extremadura la fiesta "San Buenaventura" en Moraleja, Cáceres.
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NÚMERO 212
Viernes 4 de noviembre de 2022

53400

ORDEN de 25 de octubre de 2022 por la que se declara Fiesta de Interés
Turístico de Extremadura la fiesta "San Buenaventura" en Moraleja, Cáceres.
(2022050197)

Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Moraleja para la declaración de Fiesta de
Interés Turístico de Extremadura de la fiesta “San Buenaventura”, en base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 6 de abril de 2022, el Ayuntamiento de Moraleja formuló solicitud instando la declaración de Fiesta de Interés Turístico de Extremadura, de la fiesta “San Buenaventura”, que se celebra en la referida localidad.
Segundo. Seguidos los trámites contemplados en el Decreto 152/1997, de 22 de diciembre,
sobre Fiestas de Interés Turístico de Extremadura, es emitido informe favorable por la Jefa de
Servicio de Promoción, Ordenación de la Dirección General de Turismo para otorgar la referida
declaración.
Tercero. Con fecha 5 de septiembre de 2022, la Dirección General de Turismo formula propuesta favorable para la declaración de la fiesta “San Buenaventura” como Fiesta de Interés
Turístico de Extremadura, una vez constatado el cumplimiento de los requisitos establecidos
en el Decreto 152/1997, de 22 de diciembre.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Consejería de Cultura, Turismo y Deportes es competente para conocer y resolver el presente procedimiento, mediante orden, a tenor de lo establecido el artículo 4 del
Decreto 152/1997, de 22 de diciembre, sobre Fiestas de Interés Turístico de Extremadura
en relación con el Decreto 169/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes y con el Decreto del Presidente
41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las
Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. La Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de
Extremadura, dispone en su artículo 33.1, que “se consideran Fiestas de Interés Turístico de
Extremadura aquellos eventos que por su especial relevancia supongan una valorización de la
cultura y de las tradiciones populares”.
El Decreto 152/1997, de 22 de diciembre, establece el procedimiento para la declaración de
“Fiesta de Interés Turístico de Extremadura”, disponiendo, en su artículo 4, que “la concesión
del título honorífico de “Fiesta de Interés Turístico de Extremadura” se otorgará mediante