Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2022063244)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
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NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022



8º Familias, infancia y adolescencia.



9º Programas sociales.

52793

c) Secretaría: personal funcionario de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia
y Familias, perteneciente al Grupo A1 o A2, con voz y sin voto.
2. 
La Directora General de Servicios Sociales, Infancia y Familias procederá, mediante
resolución que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, al nombramiento de las
personas titulares y, en su caso, a sus suplentes, que conformarán la comisión de valoración,
previa designación por la persona responsable del órgano administrativo competente.
3. Cuando la presidencia o la mitad de los miembros que integran la comisión de valoración
lo estimen necesario podrán incorporarse a las reuniones de la comisión, aquellas personas
en su calidad de expertos o asesores, siempre y cuando no tengan vinculación con las
entidades solicitantes.
Noveno. Criterios objetivos de otorgamiento de la subvención.
1. La valoración de las solicitudes presentadas a programas de interés general y su ponderación
se realizará conforme a los siguientes criterios:
1.1. Criterios de valoración respecto del programa de interés general para el que solicita
financiación. Máximo 57 puntos, con el siguiente desglose:


a) Programa financiado con cargo al 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas. 15 puntos.



El programa ha sido financiado en una de las dos últimas convocatorias aprobadas
para la concesión de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del 0,7 %
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para su ejecución en el ámbito
territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura: 15 puntos.



b) Contenido del programa. Máximo 6 puntos, con el siguiente desglose:



1º El programa recoge información en todos y cada uno de sus apartados y existe
claridad, concreción y coherencia en la información que se recoge en todos ellos:
6 puntos.



2º El programa no recoge información en todos y cada uno de sus apartados, pero
existe claridad, concreción y coherencia en la información que se recoge: 2
puntos.