Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063018)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Plasencia para subvencionar en el ejercicio 2022 el desarrollo del Programa de Educación Infantil (0-3 años) en la escuela infantil "La Data", de dicha localidad.
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NÚMERO 210
Miércoles 2 de noviembre de 2022

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Cuarta. Forma y justificación de pago.
La Consejería de Educación y Empleo procederá a transferir al Ayuntamiento de Plasencia, el
50% de la cantidad prevista en la cláusula anterior a la firma del convenio y previa certificación del inicio de las actuaciones objeto del mismo. El restante 50% de la cantidad comprometida se abonará previa justificación de una cantidad igual o superior al 50% de la cantidad
concedida, que habrá de presentarse antes del 30 de noviembre de 2022.
La justificación del restante 50% del presupuesto deberá ser presentada por la entidad antes
del 28 de febrero de 2023.
La justificación de la subvención se realizará mediante certificación comprensiva de los gastos
habidos en la ejecución del convenio, debiendo acreditarse igualmente el pago de los mismos,
expedida por el Secretario de la entidad y con el Vº Bº del representante legal de la misma.
Las facturas y demás documentos justificativos del gasto serán conservados por la entidad,
pudiéndole ser solicitados, en cualquier momento, por la Consejería de Educación y Empleo
o la Intervención General de la Junta de Extremadura en el ejercicio de sus competencias de
control del gasto público. No obstante, y para pagos superiores a 300 euros, deberá entregarse justificante bancario de la transferencia efectuada.
Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos
propios u otras subvenciones o recursos, excepto los que provengan de la Consejería de Educación y Empleo, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de
tales fondos a las actividades subvencionadas.
En ningún caso podrá recibirse ninguna otra subvención, ayuda, ingresos o recursos procedente de la Consejería de Educación y Empleo, para el desarrollo del Programa de Educación
Infantil (0-3 años) en el centro de educación infantil de la localidad.
En todo caso, el Ayuntamiento, antes del 28 de febrero de 2023, deberá presentar ante la
Consejería de Educación y Empleo una declaración de cumplimiento del objeto o finalidad para
la que fue concedida la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos. Si, una vez
efectuada la liquidación, resultase un saldo positivo a favor de la entidad, esta cantidad será
reintegrada en la forma establecida en el Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de la Tesorería y Pagos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para
la compensación de deudas de otras Administraciones Públicas con la Junta de Extremadura.
Quinta. Contratación del personal para el funcionamiento de la escuela infantil.
La contratación del personal necesario para el buen funcionamiento del centro se realizará por
el citado Ayuntamiento, quien asumirá la creación y el mantenimiento de dichas contrataciones,