Consejería De Educación Y Empleo. Centros Docentes Privados. (2022063222)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Consejera, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro docente privado "Newpimart", de Badajoz, por traslado de las instalaciones.
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NÚMERO 209
Lunes 31 de octubre de 2022

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Enseñanzas a impartir: Ciclos Formativos de Grado Medio.
“Peluquería y Cosmética Capilar”. Capacidad: 2 unidades./Turno matutino.
“Estética y Belleza”. Capacidad: 2 unidades./Turno matutino).
Enseñanzas a impartir: Ciclos Formativos Grado Superior.


“Estilismo y Dirección de Peluquería”. (Capacidad: 2 unidades/Turno vespertino).



“Estética Integral y Belleza”. (Capacidad : 2 Unidades /Turno vespertino).


Segundo. De conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no se considera
necesario cumplimentar el trámite de vista y audiencia al no figurar en el procedimiento ni
ser tenidos en cuenta otros hechos y alegaciones que las aducidas por la interesada.

Tercero. La presente autorización administrativa, surtiría efectos desde el curso académico 2022/2023, por cuanto este acto produce efectos favorables al interesado y no lesione
derechos o intereses legítimos de otras personas (artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre).

Cuarto. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar
la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la
oportuna resolución. Asimismo, la eficacia de la resolución queda condicionada a la obligación de obtener los permisos o autorizaciones que hayan de ser otorgados por otros
organismos competentes.

Quinto. El centro que se autoriza deberá cumplir la normativa aplicable sobre condiciones
de seguridad en los edificios e instalaciones, así como cualesquiera otros requisitos exigidos por la legislación sectorial vigente.

Sexto. De la presente resolución se dará traslado al Registro de Centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según lo dispuesto en el Decreto
86/2005, de 12 de abril, por la que se crea y regula el citado Registro.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá
interponer potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación y Empleo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá