Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063043)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo, a través del Instituto de la Mujer de Extremadura, y el Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Cáceres para la prestación del Servicio de Atención Psicológica a mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijas e hijos.
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NÚMERO 209
Lunes 31 de octubre de 2022
52418
disposición adicional cuarta letra b) de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura.
2. Los gastos y pagos realizados por el Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres en la prestación del Punto de Atención Psicológica a las mujeres
víctimas de violencia de género, se justificará mediante la presentación de certificación
expedida por el titular de la secretaría-intervención o intervención del Instituto Municipal
de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres.
Los documentos justificativos de los gastos y pagos realizados por el Instituto Municipal de
Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres con cargo al presente convenio deberán ser
custodiados por esta entidad local, como mínimo, hasta el año 2027, en tanto puedan ser
objeto de actuaciones de comprobación y control, pudiendo ser solicitados, en cualquier
momento, por el IMEX o la Intervención General de la Junta de Extremadura en el ejercicio
de sus competencias de control del gasto público.
Con la justificación de gastos y pagos realizados, deberá presentarse, además, una memoria técnica de evaluación del funcionamiento de la prestación del servicio Punto de Atención
Psicológica a las mujeres víctimas de violencia de género.
3. L
a justificación de los gastos y pagos realizados por el Instituto Municipal de Asuntos
Sociales del Ayuntamiento de Cáceres correspondientes a la primera anualidad deberá
presentarse con fecha límite el 31 de enero del año 2023 ante el Instituto de la Mujer de
Extremadura.
4. El pago correspondiente a la segunda anualidad se hará al Instituto Municipal de Asuntos
Sociales del Ayuntamiento de Cáceres previa justificación de los gastos y pagos correspondientes a la primera anualidad incluyendo las aportaciones tanto del IMEX como del
Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres.
5. L
a justificación de gastos y pagos realizados correspondientes a la segunda anualidad deberá presentarse con fecha límite el 31 de enero del año 2024 ante el Instituto de la Mujer
de Extremadura.
Quinta. Del personal de la prestación de Punto de Atención Psicológica a las mujeres
víctimas de violencia de género.
1. El Punto de Atención Psicológica dependerá orgánicamente del Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres. La firma de este convenio conlleva la aceptación
expresa acerca de su integración funcional a la Red Extremeña de Atención a las Víctimas
de Violencia de Género.
Lunes 31 de octubre de 2022
52418
disposición adicional cuarta letra b) de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura.
2. Los gastos y pagos realizados por el Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres en la prestación del Punto de Atención Psicológica a las mujeres
víctimas de violencia de género, se justificará mediante la presentación de certificación
expedida por el titular de la secretaría-intervención o intervención del Instituto Municipal
de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres.
Los documentos justificativos de los gastos y pagos realizados por el Instituto Municipal de
Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres con cargo al presente convenio deberán ser
custodiados por esta entidad local, como mínimo, hasta el año 2027, en tanto puedan ser
objeto de actuaciones de comprobación y control, pudiendo ser solicitados, en cualquier
momento, por el IMEX o la Intervención General de la Junta de Extremadura en el ejercicio
de sus competencias de control del gasto público.
Con la justificación de gastos y pagos realizados, deberá presentarse, además, una memoria técnica de evaluación del funcionamiento de la prestación del servicio Punto de Atención
Psicológica a las mujeres víctimas de violencia de género.
3. L
a justificación de los gastos y pagos realizados por el Instituto Municipal de Asuntos
Sociales del Ayuntamiento de Cáceres correspondientes a la primera anualidad deberá
presentarse con fecha límite el 31 de enero del año 2023 ante el Instituto de la Mujer de
Extremadura.
4. El pago correspondiente a la segunda anualidad se hará al Instituto Municipal de Asuntos
Sociales del Ayuntamiento de Cáceres previa justificación de los gastos y pagos correspondientes a la primera anualidad incluyendo las aportaciones tanto del IMEX como del
Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres.
5. L
a justificación de gastos y pagos realizados correspondientes a la segunda anualidad deberá presentarse con fecha límite el 31 de enero del año 2024 ante el Instituto de la Mujer
de Extremadura.
Quinta. Del personal de la prestación de Punto de Atención Psicológica a las mujeres
víctimas de violencia de género.
1. El Punto de Atención Psicológica dependerá orgánicamente del Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cáceres. La firma de este convenio conlleva la aceptación
expresa acerca de su integración funcional a la Red Extremeña de Atención a las Víctimas
de Violencia de Género.