Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Desarrollo Rural. Ayudas. (2022063193)
Modificación del Extracto por el que se da publicidad a la disminución del crédito asignado a la XVIII convocatoria de ayudas públicas LEADER, en el marco de la EDLP de Sierra Suroeste 2014-2020 de ADERSUR, para servicios básicos para la economía y población rural.
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NÚMERO 209
52445
Lunes 31 de octubre de 2022
MODIFICACIÓN del Extracto por el que se da publicidad a la disminución del
crédito asignado a la XVIII convocatoria de ayudas públicas LEADER, en el
marco de la EDLP de Sierra Suroeste 2014-2020 de ADERSUR, para servicios
básicos para la economía y población rural. (2022063193)
BDNS(Identif.): 622738
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número
82 de fecha 29 de abril de 2022, referido a la XVIII convocatoria de ayudas públicas LEADER
en el marco de la EDLP de Sierra Suroeste 2014-2020 de ADERSUR, para servicios básicos
para la economía y población rural, correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo
puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es).
El crédito aprobado inicialmente de la XVIII convocatoria era:
— 590.000,00 euros, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 120030000/G/314A/78900/
FR14190200/20160174.
Según lo referido en la Orden de 18 de noviembre de 2020 por la que se regula el sistema de
ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación
de desarrollo rural 2014-2020 establece en su artículo 28.5 ...“Asimismo, podrá incrementarse
la cuantía asignada a la convocatoria, en cualquiera de sus procedimientos, como consecuencia
de generaciones, incorporaciones o ampliaciones de crédito, siempre que hayan sido autorizados
por la Dirección General de Desarrollo Rural antes de resolver la concesión de las ayudas...”.
Aprobada por la Junta Directiva de ADERSUR, en su reunión del pasado 6 de octubre de 2022,
por una disminución del crédito en 200.000,00 euros y tras su autorización por parte de la
Secretaría General de Población y Desarrollo Rural con fecha 14 de octubre se procede a la
modificación del extracto de 29 de abril 2022 en los siguientes apartados:
— En el “Apartado Cuarto. Cuantía”, quedará redactado de la siguiente manera:
“Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 390.000 euros, que se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78900/
FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en
los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma”.
Mérida, 18 de octubre de 2022.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
52445
Lunes 31 de octubre de 2022
MODIFICACIÓN del Extracto por el que se da publicidad a la disminución del
crédito asignado a la XVIII convocatoria de ayudas públicas LEADER, en el
marco de la EDLP de Sierra Suroeste 2014-2020 de ADERSUR, para servicios
básicos para la economía y población rural. (2022063193)
BDNS(Identif.): 622738
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número
82 de fecha 29 de abril de 2022, referido a la XVIII convocatoria de ayudas públicas LEADER
en el marco de la EDLP de Sierra Suroeste 2014-2020 de ADERSUR, para servicios básicos
para la economía y población rural, correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo
puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es).
El crédito aprobado inicialmente de la XVIII convocatoria era:
— 590.000,00 euros, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 120030000/G/314A/78900/
FR14190200/20160174.
Según lo referido en la Orden de 18 de noviembre de 2020 por la que se regula el sistema de
ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación
de desarrollo rural 2014-2020 establece en su artículo 28.5 ...“Asimismo, podrá incrementarse
la cuantía asignada a la convocatoria, en cualquiera de sus procedimientos, como consecuencia
de generaciones, incorporaciones o ampliaciones de crédito, siempre que hayan sido autorizados
por la Dirección General de Desarrollo Rural antes de resolver la concesión de las ayudas...”.
Aprobada por la Junta Directiva de ADERSUR, en su reunión del pasado 6 de octubre de 2022,
por una disminución del crédito en 200.000,00 euros y tras su autorización por parte de la
Secretaría General de Población y Desarrollo Rural con fecha 14 de octubre se procede a la
modificación del extracto de 29 de abril 2022 en los siguientes apartados:
— En el “Apartado Cuarto. Cuantía”, quedará redactado de la siguiente manera:
“Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 390.000 euros, que se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78900/
FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en
los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma”.
Mérida, 18 de octubre de 2022.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ