Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063204)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento de residuos de construcción y demolición, cuyo promotor es David Juárez Fernández, en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
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NÚMERO 208

52274

Viernes 28 de octubre de 2022

- b - Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y
control de los residuos generados en la actividad
1. 
Según el proyecto presentado, la única actividad solicitada es el almacenamiento de
residuos de construcción y demolición en contenedor de 8 m3, sobre solera de hormigón,
para posteriormente dicho contenedor sea trasladado a una planta de tratamiento de este
tipo de residuos. Por lo tanto, no se genera ningún tipo de residuo en las instalaciones
puesto que no se realiza ningún tipo de operación diferente al mero almacenamiento en
contenedor.
2. La generación de cualquier residuo no mencionado en la presente resolución deberá ser
comunicado a la DGS, con objeto de evaluarse la gestión más adecuada que deberá llevar
a cabo el titular de la instalación industrial y, en su caso, autorizar la producción del mismo.
- c - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica.
1. El complejo industrial consta de 2 focos de emisión difusos de contaminantes a la atmósfera,
y quedan detallados en la siguiente tabla:

DENOMINACIÓN

TIPO DE

GRUPO

CÓDIGO

PROCESO ASOCIADO

1. E
 misión de polvo en la carga, desDifuso y
carga y almacenamiento de RCD en
sistemático
el área de recepción de RCD

-

09 10 09 52

Almacenamiento, carga
y descarga de RCD
recepcionados

2. E
 misión de polvo en la resuspensión
Difuso y
de material pulverulento en carretesistemático
ras no pavimentadas

-

07 09 02 00

Trasporte de los residuos
dentro de las instalaciones

FOCO

2. Las emisiones de partículas serán tales que permitan en todo momento el cumplimiento de
los criterios de calidad del aire establecidos por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero,
relativo a la mejora de la calidad del aire. De esta forma nunca se generarán emisiones
que puedan originar, en el exterior de la parcela en la que se ubica la actividad objeto de
esta autorización, valores de concentración de partículas en aire ambiente por encima del
siguiente valor:
CONTAMINANTE

VALOR LIMITE DE INMISIÓN

Partículas PM10

50 mg/Nm³ (valor medio diario)