Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados. (2022063165)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en la categoría de Enfermero/a de Urgencias de Atención Primaria en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022

51830

Para la acreditación y posterior valoración de este apartado se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
a) Sólo se valorará por una sola vez, una única edición de actividades docentes relativas a
una misma materia o programa.
b) La docencia deberá acreditarse mediante certificación que exprese que ha participado
como docente en una determinada actividad y se acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose las sesiones clínicas ni las prácticas.
c) La valoración de la docencia universitaria deberá venir certificada por cursos académicos
completos por el órgano competente de la Universidad donde haya prestado la misma
mediante documento original o copia auténtica.
d) Para la valoración de las tutorías y colaboraciones docentes de residentes, deberá acreditarse mediante certificación original o copia auténtica del órgano competente de la
Comisión de Docencia en el que se indique el tiempo y la especialidad en la que ha sido
tutor o se indique el tiempo de la colaboración docente de formación sanitaria especializada.
IV. Actividades de Formación Continua y Ocupacional: puntuación máxima 5 puntos.
1. P
 or diplomas o certificados obtenidos en actividades directamente relacionados con el
contenido de la plaza a proveer, con independencia del promotor, y acreditados por la
Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud.
2. P
 or diplomas o certificados obtenidos en cursos cuyo contenido esté directamente relacionado con el de la plaza a proveer, tal y como a continuación se indican:


a) Los organizados y/o impartidos por las Administraciones Públicas, Colegios Profesionales o Universidades.



b) Los acogidos a los distintos Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones
Públicas y de Formación Ocupacional.



c) Los organizados o impartidos por las Organizaciones Sindicales o sus fundaciones al
amparo de los Convenios suscritos con la Administración General de Estado, con las
Administraciones de las Comunidades Autónomas, con el extinto INSALUD o con los
Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, o bien que hayan sido reconocidos o subvencionados por los mismos, siempre que dichas circunstancias consten en
el propio título o diplomas, o bien se certifiquen debidamente.