Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063202)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de cebadero de terneros en régimen intensivo denominado "La Torrecilla", cuya promotora es Dehesa la Torrecilla, SL, en el término municipal de Trujillo. Expte.: IA21/1308.
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022



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• La explotación dispondrá de un sistema estanco para la recogida y almacenamiento
de los lixiviados y de las aguas de limpieza generadas en las instalaciones que evite
el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas. Para
ello, dispondrá de red de saneamiento mediante tuberías, y fosas con tratamiento impermeabilizante que garantice su estanqueidad. Las fosas deberán contar con capacidad suficiente para almacenar generada en la limpieza de las instalaciones. Las fosas
de contarán con una cuneta o un talud perimetral que evite el acceso de aguas de escorrentía, y, además, dispondrán de un cerramiento perimetral que impida el acceso
de personas y animales. Para controlar su estanqueidad, se dispondrán pozos testigos
capaces de detectar roturas o mal funcionamiento del sistema de impermeabilización.

• La explotación dispone de un estercolero, que deberá contar con tratamiento impermeabilizante que garantice su estanqueidad. La capacidad de almacenamiento
del estercolero será de, al menos, la producción de 15 días de estiércoles sólidos. El
estercolero se deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en
el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier
deficiencia. Contará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan a la fosa de purines. El estercolero se deberá cubrir mediante la construcción de
un cobertizo o una cubierta flexible (plástica), que impida el acceso de pluviales al
cubeto.


• Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas se
ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.



• En caso de realización de captaciones de aguas públicas, deberán disponer de la correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo que garantice el
abastecimiento.

• La promotora deberá contar con las correspondientes concesiones administrativas
cuyo otorgamiento corresponde a la Confederación Hidrográfica del Tajo.


• Con objeto de preservar la adecuada gestión y seguimiento de los residuos retirados,
la promotora tendrá a disposición los documentos que acrediten la correcta gestión
de los mismos a los diferentes gestores autorizados.



• Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su
tipología, clasificación y compatibilidad.