Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063029)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio interadministrativo entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Cáceres para la concesión de una subvención destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de inversión (construcción de dos aparcamientos disuasorios) en esta localidad, en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos procedentes del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea.
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022

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Estos cuatro ejes de trabajo se desarrollan a través de diez políticas palanca, la primera de
las cuales la constituye la “Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo
de la agricultura”.
A su vez, las diez políticas palanca integran treinta componentes o líneas de acción, que
articulan las diferentes iniciativas tractoras prioritarias de reforma estructural, tanto de
tipo regulatorio como de impulso a la inversión, representando el primer componente
(Componente 1), dentro de la primera política palanca, el “Plan de choque de movilidad
sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos”.
V. En materia de transportes, y dentro del ámbito competencial del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, así como de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda
de la Junta de Extremadura, se destinan ayudas para la financiación de la siguiente línea
de inversión integrada en el Componente 1 como Inversión 1 (C1.I1): Zonas de bajas
emisiones y transformación digital y sostenible del transporte urbano y metropolitano en
municipios de más de 50.000 habitantes.
En virtud del Acuerdo de la Conferencia Nacional de Transportes, aprobado el día 5 de
noviembre de 2021, previa autorización del Consejo de Ministros de 19 de octubre de 2021,
las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla beneficiarias de las ayudas
podrán destinarlas a financiar actuaciones de su propia competencia o mediante convenios
con otras Administraciones u otras entidades públicas, destinatarios finales de aquéllas.
E
 l mencionado Acuerdo especifica que podrán ser elegibles también actuaciones relacionadas
con Municipios que, sin cumplir el criterio de población anterior, sean colindantes o cercanos,
teniendo al menos uno de ellos más de 20.000 habitantes, que constituyan en conjunto un
área urbana o metropolitana de más de 50.000 habitantes o con una demanda importante
de movilidad entre ellos.
Dentro de la citada inversión, se desarrollan distintas líneas de ayudas, destacando la referente
a “Transferencias a Comunidades Autónomas para inversiones a realizar directamente por
ellas, en base a sus competencias, con un importe aproximado de 900 millones de euros”.
Con cargo a estas transferencias, y previendo financiación del 100% de los costes, las
CCAA podrán acometer proyectos de inversión en actuaciones de titularidad autonómica
que contribuyan al objeto de creación o funcionamiento de zonas de bajas emisiones en los
entornos metropolitanos o a la transformación digital o sostenible del transporte. Ejemplos
de proyectos elegibles pueden ser, entre otros:
— aparcamientos disuasorios,
— mejoras en estaciones de autobús (mejoras en sostenibilidad o digitalización),