Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063027)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de la Juventud de Extremadura y el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención para la realización de "Labores de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de dicha localidad durante los años 2022 y 2023".
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022
51897
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente Convenio es instrumentar la concesión directa de una subvención a
favor del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra (Badajoz), con CIF P0605000I, de acuerdo
con lo establecido en los artículos 22.4.c) y 32.1.b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el fin de realizar labores
de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de esta
localidad, con sujeción a los términos que en el presente Convenio se establecen.
El procedimiento de concesión directa viene justificado tanto por el carácter de entidad pública
territorial de Extremadura del beneficiario, como por el desarrollo de las competencias que
ambas administraciones, autonómica y local, comparten, además de posibilitar el cumplimiento
del manifiesto interés público y social que la instalación está llamada a cumplir y que se verá
posibilitada por la inversión de la presente subvención.
Segunda. Obligaciones del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra.
El Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra destinará la ayuda concedida al fin que fundamente
la concesión de la presente subvención, asumiendo, sin perjuicio del resto de obligaciones
que para los beneficiarios de subvenciones establece la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las siguientes obligaciones:
1. Gestionar y mantener el Espacio para la Creación Joven, contratando y tomando a su cargo
los gastos necesarios para su funcionamiento.
2. Llevar a cabo la propuesta de actividades presentada y autorizada por la Dirección General
del Instituto de la Juventud.
3. J ustificar el destino dado a las cantidades recibidas en concepto de subvención en los
términos previstos en el presente Convenio así como las que, en su caso, aportase el
Ayuntamiento debiendo quedar justificado a la fecha establecida en la Cláusula Séptima la
totalidad del coste del Programa Municipal.
4. Proveer el personal necesario para la apertura y cierre de las instalaciones, personal de
limpieza y de mantenimiento, así como para llevar a cabo las tareas de dinamización.
El Ayuntamiento deberá contar entre el personal contratado para la realización del objeto del
presente Convenio obligatoriamente con un puesto de personal Dinamizador/a, que será
la persona designada como responsable del Espacio, con la que el Instituto de la Juventud
de Extremadura podrá contactar en todo momento a fin de realizar un seguimiento de
Jueves 27 de octubre de 2022
51897
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente Convenio es instrumentar la concesión directa de una subvención a
favor del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra (Badajoz), con CIF P0605000I, de acuerdo
con lo establecido en los artículos 22.4.c) y 32.1.b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el fin de realizar labores
de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de esta
localidad, con sujeción a los términos que en el presente Convenio se establecen.
El procedimiento de concesión directa viene justificado tanto por el carácter de entidad pública
territorial de Extremadura del beneficiario, como por el desarrollo de las competencias que
ambas administraciones, autonómica y local, comparten, además de posibilitar el cumplimiento
del manifiesto interés público y social que la instalación está llamada a cumplir y que se verá
posibilitada por la inversión de la presente subvención.
Segunda. Obligaciones del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra.
El Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra destinará la ayuda concedida al fin que fundamente
la concesión de la presente subvención, asumiendo, sin perjuicio del resto de obligaciones
que para los beneficiarios de subvenciones establece la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las siguientes obligaciones:
1. Gestionar y mantener el Espacio para la Creación Joven, contratando y tomando a su cargo
los gastos necesarios para su funcionamiento.
2. Llevar a cabo la propuesta de actividades presentada y autorizada por la Dirección General
del Instituto de la Juventud.
3. J ustificar el destino dado a las cantidades recibidas en concepto de subvención en los
términos previstos en el presente Convenio así como las que, en su caso, aportase el
Ayuntamiento debiendo quedar justificado a la fecha establecida en la Cláusula Séptima la
totalidad del coste del Programa Municipal.
4. Proveer el personal necesario para la apertura y cierre de las instalaciones, personal de
limpieza y de mantenimiento, así como para llevar a cabo las tareas de dinamización.
El Ayuntamiento deberá contar entre el personal contratado para la realización del objeto del
presente Convenio obligatoriamente con un puesto de personal Dinamizador/a, que será
la persona designada como responsable del Espacio, con la que el Instituto de la Juventud
de Extremadura podrá contactar en todo momento a fin de realizar un seguimiento de