Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063025)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Valdivia para subvencionar en el ejercicio 2022 el desarrollo del Programa de Educación Infantil (0-3 años) en la escuela infantil "Primeros Pasos", de dicha localidad.
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022
51874
sin que en ningún caso suponga relación laboral alguna entre el personal contratado y el Junta
de Extremadura.
Los profesionales de la escuela infantil deberán cumplir los requisitos de titulación establecidos
en la normativa vigente para la atención socio-educativa a niños/niñas menores de tres años.
En la ejecución del programa, el Ayuntamiento de Valdivia tendrá en cuenta lo dispuesto en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Sexta. Recaudación del Ayuntamiento a las familias de los usuarios.
Las cantidades a recaudar por el Ayuntamiento a las familias de los usuarios del servicio serán
fijadas por el mismo, tomando como referencia los criterios establecidos en la normativa
vigente de la Junta de Extremadura en materia de precios públicos (Resolución de 19 de
enero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se publican las tarifas
actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en
virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2022), teniendo en cuenta el Decreto 98/2000, de 2 de mayo de exenciones
y reducciones, modificado por el Decreto 329/2007, de 30 de noviembre, por el que se regulan
las ayudas económicas a las familias residentes en Extremadura, como medida de conciliación
de la vida familiar y laboral).
Séptima. Obligaciones.
1. El Ayuntamiento de Valdivia se compromete a cumplir lo dispuesto en el Decreto 39/2012,
de 16 de marzo, por el que se regula el procedimiento de admisión del alumnado de primer
ciclo de educación infantil en Centros de educación infantil dependientes de la Consejería
de Educación y Empleo, el Decreto 4/2008, de 11 de enero, por el que se establece el
currículo de la Educación Infantil para la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Orden
de 16 de mayo de 2008, por la que se establecen determinados aspectos relativos a la
ordenación e implantación de las enseñanzas de Educación Infantil, reguladas por la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2. Entre las obligaciones del Ayuntamiento se encuentra la de mantener en perfecto estado
las instalaciones y equipamiento de la escuela infantil donde ha de llevarse a cabo el
programa, efectuando las reparaciones que sean necesarias. Así mismo deberá cumplir con
lo dispuesto en el Decreto 91/2008, de 9 de mayo, por el que se establecen los requisitos
de los centros que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Jueves 27 de octubre de 2022
51874
sin que en ningún caso suponga relación laboral alguna entre el personal contratado y el Junta
de Extremadura.
Los profesionales de la escuela infantil deberán cumplir los requisitos de titulación establecidos
en la normativa vigente para la atención socio-educativa a niños/niñas menores de tres años.
En la ejecución del programa, el Ayuntamiento de Valdivia tendrá en cuenta lo dispuesto en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Sexta. Recaudación del Ayuntamiento a las familias de los usuarios.
Las cantidades a recaudar por el Ayuntamiento a las familias de los usuarios del servicio serán
fijadas por el mismo, tomando como referencia los criterios establecidos en la normativa
vigente de la Junta de Extremadura en materia de precios públicos (Resolución de 19 de
enero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se publican las tarifas
actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en
virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2022), teniendo en cuenta el Decreto 98/2000, de 2 de mayo de exenciones
y reducciones, modificado por el Decreto 329/2007, de 30 de noviembre, por el que se regulan
las ayudas económicas a las familias residentes en Extremadura, como medida de conciliación
de la vida familiar y laboral).
Séptima. Obligaciones.
1. El Ayuntamiento de Valdivia se compromete a cumplir lo dispuesto en el Decreto 39/2012,
de 16 de marzo, por el que se regula el procedimiento de admisión del alumnado de primer
ciclo de educación infantil en Centros de educación infantil dependientes de la Consejería
de Educación y Empleo, el Decreto 4/2008, de 11 de enero, por el que se establece el
currículo de la Educación Infantil para la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Orden
de 16 de mayo de 2008, por la que se establecen determinados aspectos relativos a la
ordenación e implantación de las enseñanzas de Educación Infantil, reguladas por la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2. Entre las obligaciones del Ayuntamiento se encuentra la de mantener en perfecto estado
las instalaciones y equipamiento de la escuela infantil donde ha de llevarse a cabo el
programa, efectuando las reparaciones que sean necesarias. Así mismo deberá cumplir con
lo dispuesto en el Decreto 91/2008, de 9 de mayo, por el que se establecen los requisitos
de los centros que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.