Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Artes Plásticas. Ayudas. (2022063200)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Secretaría General, de concesión de ayudas a artistas visuales para el año 2022.
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022

52032

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2022, de la Secretaría General, de concesión
de ayudas a artistas visuales para el año 2022. (2022063200)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. El Decreto 32/2017, de 28 de marzo, establece el régimen de ayudas a artistas
visuales (DOE núm. 64, de 3 de abril), y tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de
las ayudas a artistas visuales con el fin de apoyar y fomentar la creatividad artística en la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en el campo de la creación contemporánea, dentro
del ámbito de las Artes Visuales, así como su promoción, contribuyendo al desarrollo cultural
de la región.
Segundo. El día 17 de junio del año corriente se publica en el Diario Oficial de Extremadura
n.º 116 la Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se convocan ayudas a artistas visuales para el año 2022.
Tercero. Una vez presentadas las solicitudes y subsanada la documentación en los casos en
los que así procede, con fecha 2 de septiembre de 2022 se constituye la Comisión de Valoración, de conformidad con lo establecido en el apartado noveno, de la resolución anteriormente
citada, para la valoración de las solicitudes de subvención acogidas a la misma de acuerdo a
los criterios recogidos en el punto décimo de la misma.
Cuarto. Con fecha 29 de septiembre de 2022 se emite propuesta de resolución por parte de
la Secretaria General de Cultura.
A estos antecedentes de hecho le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. El órgano competente para dictar la resolución de concesión es el Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes en virtud de lo dispuesto en el Resuelve
Duodécimo de la Resolución de 31 de mayo de 2022. Todo ello en consonancia con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Segundo. En la tramitación de los expedientes se han observado todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, con las especialidades previstas en el Decreto 32/2017, de 28 de
marzo, que establece las bases reguladoras de las ayudas a artistas visuales, en la Resolución