Ayuntamiento De Almendralejo. Pruebas Selectivas. (2022081753)
Anuncio de 19 de octubre de 2022 sobre declaración de plazas desiertas.
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022

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ANUNCIO de 19 de octubre de 2022 sobre declaración de plazas desiertas.
(2022081753)

Por Decreto 2022-7774, de 14 de octubre de 2022, se han declarados desiertas dos plazas
de Oficial de Obras de las convocadas con cargo a la Oferta de Empleo Público del año 2021
e incluidas en el proceso selectivo para la provisión en propiedad, con carácter de personal
funcionario de carrera, de cuatro plazas de Oficial de Obras, incluidas en el proceso de selección de siete plazas de oficiales del servicio de urbanismo, obras e infraestructuras, del
Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público y
especialidades que se reseñan: cuatro plazas de obras (una de la oferta de empleo del 2019 y
el resto de 2021), una plaza de pintura (oferta de empleo de 2021) y dos plazas de carpintería
(ofertas de empleo de 2020 y 2021), a seleccionar mediante el sistema de oposición libre.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 80.1.b) de la Ley
13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y por el artículo 62 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido
su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Almendralejo, 19 de octubre de 2022. El Alcalde, JOSÉ MARÍA RAMÍREZ MORÁN.