Ayuntamiento De Jerte. Información Pública. (2022081756)
Anuncio de 19 de octubre de 2022 sobre aprobación inicial del Programa de Ejecución y Convenio Urbanístico para el desarrollo de Actuación Urbanizadora Sector SUR-2 paraje "El Loco", de las Normas Subsidiarias Municipales.
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022
52137
AYUNTAMIENTO DE JERTE
ANUNCIO de 19 de octubre de 2022 sobre aprobación inicial del Programa de
Ejecución y Convenio Urbanístico para el desarrollo de Actuación Urbanizadora
Sector SUR-2 paraje "El Loco", de las Normas Subsidiarias Municipales.
(2022081756)
El Pleno del Ayuntamiento de Jerte, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de octubre de 2022
adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Visto que en el DOE n.º 18, de fecha 25/1/2018, se publicó la Resolución de 13 de julio de
2017, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que
se aprueba definitivamente la modificación puntual n.º 1/2016 de las Normas Subsidiarias
de Planeamiento Municipal de Jerte, consistente en la reclasificación de suelo no urbanizable
protegido a suelo urbanizable de uso industrial de la parcela 580 del polígono 4, junto a la
carretera N-110 y al sector SUR-1 “Los Arenales”, creándose el sector SUR-2 con ordenación
detallada.
Visto el Programa de Ejecución Urbanística para el desarrollo de Actuación Urbanizadora Sector SUR-2 paraje “El Loco”, de las Normas Subsidiarias Municipales de Jerte presentado por
D. Mariano Álvarez Rey, como técnico autor del mismo y en representación de la AIU Sector
Sur-2 Paraje El Loco de Jerte.
Visto, así mismo, el Convenio Urbanístico anexo al citado Programa de Ejecución Urbanística.
Resultando que mediante informes J 16/1161.9 ANU JUR 53/17 y J 16/1161.11 PEj 53/17 se
ha informado favorablemente por los Servicios Jurídicos y Técnicos su aprobación.
Resultando, así mismo, que mediante informe J 16/1161.10 O. VAL 53/17, se entiende necesario aportar una tasación oficial realizada por empresa homologada por el Banco de España,
que justifique los valores propuestos en el convenio urbanístico a la hora de determinar la
cuantía de la monetización de las cesiones correspondientes.
Considerando que de acuerdo a los informes se han respetado los parámetros legales establecidos en la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible
de Extremadura, así como en la Resolución de 13/7/17 de la CUOTEX, citada.
Considerando que procede la aprobación del Programa de Ejecución Urbanística para el desarrollo de Actuación Urbanizadora Sector SUR-2 paraje “El Loco”, de las Normas Subsidiarias
Municipales de Jerte, toda vez que cumple con todos los requisitos exigidos por la normativa
aplicable.
Jueves 27 de octubre de 2022
52137
AYUNTAMIENTO DE JERTE
ANUNCIO de 19 de octubre de 2022 sobre aprobación inicial del Programa de
Ejecución y Convenio Urbanístico para el desarrollo de Actuación Urbanizadora
Sector SUR-2 paraje "El Loco", de las Normas Subsidiarias Municipales.
(2022081756)
El Pleno del Ayuntamiento de Jerte, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de octubre de 2022
adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Visto que en el DOE n.º 18, de fecha 25/1/2018, se publicó la Resolución de 13 de julio de
2017, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que
se aprueba definitivamente la modificación puntual n.º 1/2016 de las Normas Subsidiarias
de Planeamiento Municipal de Jerte, consistente en la reclasificación de suelo no urbanizable
protegido a suelo urbanizable de uso industrial de la parcela 580 del polígono 4, junto a la
carretera N-110 y al sector SUR-1 “Los Arenales”, creándose el sector SUR-2 con ordenación
detallada.
Visto el Programa de Ejecución Urbanística para el desarrollo de Actuación Urbanizadora Sector SUR-2 paraje “El Loco”, de las Normas Subsidiarias Municipales de Jerte presentado por
D. Mariano Álvarez Rey, como técnico autor del mismo y en representación de la AIU Sector
Sur-2 Paraje El Loco de Jerte.
Visto, así mismo, el Convenio Urbanístico anexo al citado Programa de Ejecución Urbanística.
Resultando que mediante informes J 16/1161.9 ANU JUR 53/17 y J 16/1161.11 PEj 53/17 se
ha informado favorablemente por los Servicios Jurídicos y Técnicos su aprobación.
Resultando, así mismo, que mediante informe J 16/1161.10 O. VAL 53/17, se entiende necesario aportar una tasación oficial realizada por empresa homologada por el Banco de España,
que justifique los valores propuestos en el convenio urbanístico a la hora de determinar la
cuantía de la monetización de las cesiones correspondientes.
Considerando que de acuerdo a los informes se han respetado los parámetros legales establecidos en la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible
de Extremadura, así como en la Resolución de 13/7/17 de la CUOTEX, citada.
Considerando que procede la aprobación del Programa de Ejecución Urbanística para el desarrollo de Actuación Urbanizadora Sector SUR-2 paraje “El Loco”, de las Normas Subsidiarias
Municipales de Jerte, toda vez que cumple con todos los requisitos exigidos por la normativa
aplicable.