Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063011)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Diputación de Cáceres y la Academia de Seguridad Pública de Extremadura por el que se regulan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de acciones formativas organizadas por la Diputación de Cáceres.
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NÚMERO 206
51635
Miércoles 26 de octubre de 2022
Ambas partes se comprometen, a formalizar las correspondientes adendas en el momento en
que el desarrollo del convenio requiera incorporar modificaciones destinadas a su buen fin, o
que resulten necesarias para dar cumplimiento a la normativa aplicable.
Octava. Resolución y extinción.
Este convenio se extinguirá por el cumplimiento de todos los compromisos asumidos. Igualmente se extinguirá por el incumplimiento por cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones respectivamente asumidas por las mismas, previa denuncia realizada por alguna de
ellas. Asimismo, serán aplicables las demás causas de resolución, conforme a lo establecido
en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por último, el presente convenio podrá extinguirse anticipadamente, si por cualquier causa,
fuera imposible o innecesaria la ejecución de los compromisos adquiridos.
Asimismo, el presente convenio se extinguirá por denuncia expresa de cualquiera de las partes con un preaviso mínimo de un mes a la fecha en que se desee darlo por resuelto.
Novena. Publicidad.
El presente convenio será objeto de publicidad en el Portal Electrónico de la Transparencia
y la Participación Ciudadana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley
4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, así como el artículo 46 de la
Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2022.
Décima. Naturaleza del Convenio y ámbito Jurisdiccional.
Este convenio tiene carácter administrativo y se suscribe de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
quedando las cuestiones litigiosas, resueltas de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio, las partes intervinientes
firman el convenio electrónicamente.
El Presidente de la Diputación
Provincial de Cáceres,
CARLOS CARLOS RODRÍGUEZ
La Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio.
(PA) La Secretaria General,
(Resolución de 23 de julio de 2019 DOE n.º 144 de 26/07/19),
MARÍA CURIEL MUÑOZ
51635
Miércoles 26 de octubre de 2022
Ambas partes se comprometen, a formalizar las correspondientes adendas en el momento en
que el desarrollo del convenio requiera incorporar modificaciones destinadas a su buen fin, o
que resulten necesarias para dar cumplimiento a la normativa aplicable.
Octava. Resolución y extinción.
Este convenio se extinguirá por el cumplimiento de todos los compromisos asumidos. Igualmente se extinguirá por el incumplimiento por cualquiera de las partes de algunas de las obligaciones respectivamente asumidas por las mismas, previa denuncia realizada por alguna de
ellas. Asimismo, serán aplicables las demás causas de resolución, conforme a lo establecido
en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por último, el presente convenio podrá extinguirse anticipadamente, si por cualquier causa,
fuera imposible o innecesaria la ejecución de los compromisos adquiridos.
Asimismo, el presente convenio se extinguirá por denuncia expresa de cualquiera de las partes con un preaviso mínimo de un mes a la fecha en que se desee darlo por resuelto.
Novena. Publicidad.
El presente convenio será objeto de publicidad en el Portal Electrónico de la Transparencia
y la Participación Ciudadana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley
4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, así como el artículo 46 de la
Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2022.
Décima. Naturaleza del Convenio y ámbito Jurisdiccional.
Este convenio tiene carácter administrativo y se suscribe de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
quedando las cuestiones litigiosas, resueltas de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio, las partes intervinientes
firman el convenio electrónicamente.
El Presidente de la Diputación
Provincial de Cáceres,
CARLOS CARLOS RODRÍGUEZ
La Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio.
(PA) La Secretaria General,
(Resolución de 23 de julio de 2019 DOE n.º 144 de 26/07/19),
MARÍA CURIEL MUÑOZ