Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062980)
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y el Ayuntamiento de Riolobos, por el que se concede una subvención directa con destino al impulso y apoyo de proyectos singulares que permitan la transformación territorial repercutiendo en la reversión de la despoblación.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022

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3. R
 ecabar todos los permisos y abono de tasas necesarias para la correcta ejecución del
objeto del convenio.
4. Someterse a las posibles actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente.
5. C
 omunicar si se ha recibido alguna subvención u otro tipo de fondo público para la misma
actuación.
6. S
 e deberá cumplir lo establecido en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en cuanto a requisitos para obtener la condición de beneficiario.
Decimosegunda. Causas de pérdida del derecho al cobro.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 6/2011, serán causas de pérdida del
derecho al cobro las siguientes:
a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando
aquéllas que lo hubieran impedido.
b) Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción
del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
c) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los
términos establecidos en el artículo 35 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión de acuerdo con lo
establecido en el apartado 3 del artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
e) R
 esistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en los artículos 13 y 14 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, así
como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de
documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los
fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos
o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los beneficiarios, así
como de los compromisos por éstos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el