Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062980)
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y el Ayuntamiento de Riolobos, por el que se concede una subvención directa con destino al impulso y apoyo de proyectos singulares que permitan la transformación territorial repercutiendo en la reversión de la despoblación.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022
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lo tanto, requieren de un periodo de aprendizaje para fijar los mecanismos pertinentes. El
propio Ministerio en la elaboración del marco de cooperación, alude a la complejidad de
alcanzar los objetivos esperados y, por ello, dispone la posibilidad de prolongar el periodo
de ejecución más allá de la anualidad inicial.
La singularidad marcada en el citado Acuerdo, le otorga una casuística propia que implica
una distinción respecto a cualquier otro procedimiento previo que se haya resuelto hasta
ahora. El enfoque que se busca con estos proyectos singulares abarca un compendio de
objetivos tanto generales como específicos que limita el establecimiento de unos criterios
acotados que determinen las acciones realizables. He aquí donde reside la dificultad para
poder desarrollar unas bases reguladoras que, además de englobar el carácter multisectorial y multidisciplinar que caracteriza la finalidad de estos fondos, garanticen a su vez una
participación equitativa de proyectos con tan amplia y variable modalidad de actuaciones.
Uno de los pilares sobre el que se asienta la distribución de estos fondos es el impulso y
desarrollo de proyectos que asuman las iniciativas locales, tal y como puede atestiguar el
Ayuntamiento de Riolobos en estos últimos años. Además, promueve que las diferentes
administraciones públicas puedan participar asumiendo sus objetivos y fomentando un
trabajo de impulso, seguimiento y evaluación compartida.
VI. L
a concesión de estas subvenciones se efectúa a solicitud del interesado, y así consta pues
con fecha 25 de febrero de 2022 el Ayuntamiento de Riolobos presentó una solicitud de
ayuda para acogerse a los créditos, publicitados desde el Ministerio y canalizados desde la
administración autonómica, citados como un proyecto para el impulso y apoyo de proyectos singulares de transformación territorial y reversión de la despoblación.
Por todo lo expuesto, y conforme a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, se estima que se encuentra acreditado el interés y la
justificación de la concesión directa al Ayuntamiento de Riolobos para llevar a cabo el proyecto presentado, proponiendo la instrumentación de dicha subvención mediante convenio.
— Se aprecia que el proyecto presentado por el Ayuntamiento de Riolobos dispone de
razones de interés público, social y económico que dificultan la convocatoria pública de
acuerdo con el artículo 22, punto 4.c. de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Asimismo se dan las circunstancias especificadas en el artículo 32, apartado 1, letra b)
de la ley mencionada, teniendo en cuenta el carácter de entidad pública territorial del
beneficiario y la competencia del Ayuntamiento en relación con el objeto del proyecto.
— Se subraya el carácter singular de los proyectos y su valor como experiencias piloto, de
Lunes 24 de octubre de 2022
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lo tanto, requieren de un periodo de aprendizaje para fijar los mecanismos pertinentes. El
propio Ministerio en la elaboración del marco de cooperación, alude a la complejidad de
alcanzar los objetivos esperados y, por ello, dispone la posibilidad de prolongar el periodo
de ejecución más allá de la anualidad inicial.
La singularidad marcada en el citado Acuerdo, le otorga una casuística propia que implica
una distinción respecto a cualquier otro procedimiento previo que se haya resuelto hasta
ahora. El enfoque que se busca con estos proyectos singulares abarca un compendio de
objetivos tanto generales como específicos que limita el establecimiento de unos criterios
acotados que determinen las acciones realizables. He aquí donde reside la dificultad para
poder desarrollar unas bases reguladoras que, además de englobar el carácter multisectorial y multidisciplinar que caracteriza la finalidad de estos fondos, garanticen a su vez una
participación equitativa de proyectos con tan amplia y variable modalidad de actuaciones.
Uno de los pilares sobre el que se asienta la distribución de estos fondos es el impulso y
desarrollo de proyectos que asuman las iniciativas locales, tal y como puede atestiguar el
Ayuntamiento de Riolobos en estos últimos años. Además, promueve que las diferentes
administraciones públicas puedan participar asumiendo sus objetivos y fomentando un
trabajo de impulso, seguimiento y evaluación compartida.
VI. L
a concesión de estas subvenciones se efectúa a solicitud del interesado, y así consta pues
con fecha 25 de febrero de 2022 el Ayuntamiento de Riolobos presentó una solicitud de
ayuda para acogerse a los créditos, publicitados desde el Ministerio y canalizados desde la
administración autonómica, citados como un proyecto para el impulso y apoyo de proyectos singulares de transformación territorial y reversión de la despoblación.
Por todo lo expuesto, y conforme a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, se estima que se encuentra acreditado el interés y la
justificación de la concesión directa al Ayuntamiento de Riolobos para llevar a cabo el proyecto presentado, proponiendo la instrumentación de dicha subvención mediante convenio.
— Se aprecia que el proyecto presentado por el Ayuntamiento de Riolobos dispone de
razones de interés público, social y económico que dificultan la convocatoria pública de
acuerdo con el artículo 22, punto 4.c. de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Asimismo se dan las circunstancias especificadas en el artículo 32, apartado 1, letra b)
de la ley mencionada, teniendo en cuenta el carácter de entidad pública territorial del
beneficiario y la competencia del Ayuntamiento en relación con el objeto del proyecto.
— Se subraya el carácter singular de los proyectos y su valor como experiencias piloto, de