Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Subvenciones. (2022063127)
Extracto de la Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se realiza la segunda convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del programa "Apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano" en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022
51296
EXTRACTO de la Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Secretaría
General, por la que se realiza la segunda convocatoria de subvenciones
destinadas a la financiación del programa "Apoyo a mujeres en los ámbitos
rural y urbano" en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2022063127)
BDNS(Identif.): 652602
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto de las
ayudas cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
El objeto de estas subvenciones es la atención personalizada a las mujeres de áreas
rurales y urbanas participantes en itinerarios individualizadas que combinen acciones de
distinta naturaleza, tales como orientación laboral, asesoramiento, información, formación,
adquisición de competencias y habilidades transversales, facilitación de la inserción laboral
y acompañamiento en el empleo, y tenga por objeto su capacitación e inserción laboral,
fortaleciendo al tiempo la igualdad efectiva y la no discriminación en el acceso al empleo. Las
acciones subvencionables serán todas las establecidas en el artículo 71 del Decreto 137/2021,
de 15 de diciembre.
Todas estas acciones serán coordinadas por el personal técnico de los centros de empleo
que tengan adscritas funciones de orientación en su ámbito de actuación. Así mismo, la
información deberá revertir al centro de empleo en la forma, plazo y modo que se determine
desde el SEXPE.
Segundo. Beneficiarios y destinatarios.
Serán beneficiarios las entidades privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica
propia, que quieran colaborar con el Servicio Extremeño Público de Empleo en la realización
de las acciones establecidas en el artículo 71 del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre.
Las entidades beneficiarias deberán estar radicadas en Extremadura entendiendo por tal el
ejercicio de su actividad económica en la Comunidad Autónoma y contar con una plantilla
mínima de tres trabajadores en los centros de trabajo de Extremadura a fecha de publicación
de la resolución de convocatoria.
Lunes 24 de octubre de 2022
51296
EXTRACTO de la Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Secretaría
General, por la que se realiza la segunda convocatoria de subvenciones
destinadas a la financiación del programa "Apoyo a mujeres en los ámbitos
rural y urbano" en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2022063127)
BDNS(Identif.): 652602
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto de las
ayudas cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
El objeto de estas subvenciones es la atención personalizada a las mujeres de áreas
rurales y urbanas participantes en itinerarios individualizadas que combinen acciones de
distinta naturaleza, tales como orientación laboral, asesoramiento, información, formación,
adquisición de competencias y habilidades transversales, facilitación de la inserción laboral
y acompañamiento en el empleo, y tenga por objeto su capacitación e inserción laboral,
fortaleciendo al tiempo la igualdad efectiva y la no discriminación en el acceso al empleo. Las
acciones subvencionables serán todas las establecidas en el artículo 71 del Decreto 137/2021,
de 15 de diciembre.
Todas estas acciones serán coordinadas por el personal técnico de los centros de empleo
que tengan adscritas funciones de orientación en su ámbito de actuación. Así mismo, la
información deberá revertir al centro de empleo en la forma, plazo y modo que se determine
desde el SEXPE.
Segundo. Beneficiarios y destinatarios.
Serán beneficiarios las entidades privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica
propia, que quieran colaborar con el Servicio Extremeño Público de Empleo en la realización
de las acciones establecidas en el artículo 71 del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre.
Las entidades beneficiarias deberán estar radicadas en Extremadura entendiendo por tal el
ejercicio de su actividad económica en la Comunidad Autónoma y contar con una plantilla
mínima de tres trabajadores en los centros de trabajo de Extremadura a fecha de publicación
de la resolución de convocatoria.