Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2022063104)
Corrección de errores de la Resolución de 29 de octubre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Medio Sanitario de Cuidados Auxiliares de Enfermería, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022
51041
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 29 de octubre de 2021, de la
Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso
a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Medio
Sanitario de Cuidados Auxiliares de Enfermería, en las instituciones sanitarias
del Servicio Extremeño de Salud. (2022063104)
Advertido error en la Resolución de 29 de octubre de 2021 (DOE núm. 213, de 5 de noviembre
de 2021), de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la
condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Medio Sanitario de Cuidados
Auxiliares de Enfermería, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su oportuna
rectificación.
En la letra A del apartado I “Formación”, del anexo IV del baremo de méritos de los citados
procesos selectivos, correspondiente a la formación académica, en la página 52247:
Donde dice:
“Por cada matrícula de honor o sobresaliente durante los estudios que habilitan para el
acceso a la categoría a la que se opta: 0,10 puntos.
No se valorarán la asignaturas o módulos profesionales de religión, formación política y
educación física.
Con el objetivo de homogeneizar la puntuación en función del número de asignaturas o
módulos incluidos en los diferentes planes de estudios, se seguirá el siguiente índice corrector: Por cada matrícula de honor o sobresaliente se otorgarán 3 puntos, la suma de las
puntuaciones obtenidas por matrículas de honor o sobresalientes se dividirá por el número
total de asignaturas o módulos profesionales, siendo el cociente la puntuación obtenida en
este apartado con expresión de los dos primeros decimales.
Estos méritos deberán acreditarse mediante certificado original o fotocopia debidamente
compulsada”.
Debe decir:
“Se valorarán las matrículas de honor y sobresalientes obtenidos durante los estudios que
habilitan para el acceso a la categoría a la que se opta.
Lunes 24 de octubre de 2022
51041
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 29 de octubre de 2021, de la
Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso
a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Medio
Sanitario de Cuidados Auxiliares de Enfermería, en las instituciones sanitarias
del Servicio Extremeño de Salud. (2022063104)
Advertido error en la Resolución de 29 de octubre de 2021 (DOE núm. 213, de 5 de noviembre
de 2021), de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la
condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Medio Sanitario de Cuidados
Auxiliares de Enfermería, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su oportuna
rectificación.
En la letra A del apartado I “Formación”, del anexo IV del baremo de méritos de los citados
procesos selectivos, correspondiente a la formación académica, en la página 52247:
Donde dice:
“Por cada matrícula de honor o sobresaliente durante los estudios que habilitan para el
acceso a la categoría a la que se opta: 0,10 puntos.
No se valorarán la asignaturas o módulos profesionales de religión, formación política y
educación física.
Con el objetivo de homogeneizar la puntuación en función del número de asignaturas o
módulos incluidos en los diferentes planes de estudios, se seguirá el siguiente índice corrector: Por cada matrícula de honor o sobresaliente se otorgarán 3 puntos, la suma de las
puntuaciones obtenidas por matrículas de honor o sobresalientes se dividirá por el número
total de asignaturas o módulos profesionales, siendo el cociente la puntuación obtenida en
este apartado con expresión de los dos primeros decimales.
Estos méritos deberán acreditarse mediante certificado original o fotocopia debidamente
compulsada”.
Debe decir:
“Se valorarán las matrículas de honor y sobresalientes obtenidos durante los estudios que
habilitan para el acceso a la categoría a la que se opta.