Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062978)
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, y la Federación Extremeña de Caza, para el establecimiento del Plan Estratégico de Caza en Extremadura. N.º expediente: 2253999CA002.
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NÚMERO 203
Viernes 21 de octubre de 2022

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a establecer una estrategia que ponga de manifiesto la situación del sector en la región y los
pasos a dar para avanzar en el mandato dado por la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza
de Extremadura.
Segundo. El artículo 1 de la Ley de Caza de Extremadura determina que su objeto es regular
la actividad cinegética y el ejercicio de la caza en el territorio de la Comunidad Autónoma
de Extremadura con la finalidad de proteger, conservar, fomentar y aprovechar de forma
ordenada sus recursos cinegéticos.
Tercero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura otorga competencia exclusiva a esta
Comunidad en materia de caza. La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio tiene asumidas las competencias en materia de ordenación y gestión cinegética que
le atribuyen los Reales Decretos de transferencias de funciones a la Junta de Extremadura,
y asignadas por el Excmo. Sr. Presidente de la Junta de Extremadura a la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio por Decreto del Presidente n.º 41/2021,
de 2 de diciembre (DOE n.º 233, de 3 de diciembre), y mediante el Decreto 164/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto,
por el que se estable la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE n.º 214, de 6 de noviembre de 2019).
Cuarto. La Federación Extremeña de Caza es una asociación privada, sin ánimo de lucro, de
utilidad pública, con plena capacidad de obrar, personalidad jurídica y patrimonio propios,
constituida básicamente por Clubes Deportivos, Sociedades Anónimas Deportivas, Entidades
de Actividad Físico-Deportiva, Agrupaciones Deportivas Escolares, Técnicos, Jueces - Árbitros
y Deportistas, que tiene por objeto básico el fomento, desarrollo y la práctica por sus afiliados
de la modalidad deportiva de la caza; además del desarrollo de estudios y trabajos técnicos
relacionados con la actividad cinegética, el medio natural y la conservación, destinados
a garantizar el impulso de la misma, conforme a lo establecido en el artículo 1 del texto
consolidado del Estatuto de la Federación Extremeña de Caza (DOE n.º 36, de 21 de febrero
de 2014), modificado por Resolución de 26 de marzo de 2019, de la Dirección General de
Deportes, por la que se aprueba la modificación del Estatuto de la Federación Extremeña de
Caza, se ordena su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura,
y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura (DOE n.º 75, de 17 de abril).
Quinto. Las partes intervinientes consideran de importancia fundamental la colaboración en
materia de gestión de los recursos cinegéticos en la región, y en la necesidad de plantear
conjuntamente estrategias que permitan desarrollar las potencialidades que presenta esta
actividad en el ámbito del desarrollo económico de las zonas rurales, de las políticas de
despoblación y de las políticas ambientales y de conservación de la naturaleza, además de la
necesidad de dar a conocer la caza y los sectores vinculados a toda la sociedad.