Consejería De Educación Y Empleo. Sentencias. Ejecución. (2022063028)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 342/2022, de 8 de junio de 2022, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el procedimiento ordinario n.º 525/2021.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 202

50747

Jueves 20 de octubre de 2022

RESUELVO:
Único. Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 342/2022, de 08 de junio de 2022,
dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el procedimiento ordinario n.º
0000525/2021, siendo el tenor literal del fallo el siguiente:
“Que en atención a lo expuesto debemos de estimar y estimamos el recurso contenciosoadministrativo interpuesto por la procuradora Dª Mª de Fátima Ordóñez Carbajal, en nombre
y representación de D. Francisco Javier Sánchez García, contra la resolución de 7 de junio
de 2021 de la Dirección General de Personal Docente por la que se elevan a definitivas las
listas provisionales de admitidos y excluidos en los procedimientos selectivos para ingreso,
accesos y adquisición de nueva especialidades, integración por primera vez en listas de
espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de personas integrantes en las
mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, profesores Técnicos de
Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música
y Artes Escénicas, profesores de Artes Plásticas y Diseño, y Maestros de Taller de Artes
Plásticas y Diseño, y en su virtud la debemos anular y anulamos por no ser conformes a
Derecho y para que se incluya al citado recurrente Francisco Javier Sánchez García tanto
en el proceso selectivo como en el resto de llamamientos a celebrar por el turno de reserva
con discapacidad, la tenga reconocida para así poder seguir en el proceso de concurso de
oposición con total normalidad y contenga la Administración demandada a estar y pasar
por este pronunciamiento y al pago de las costas procesales”
Mérida, 11 de octubre de 2022.
La Directora General de Personal
Docente,
EVA MARTÍN LÓPEZ