Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Traslados. (2022062935)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 198
Viernes 14 de octubre de 2022

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disponga de ella, podrá ser incorporada en el periodo correspondiente a la subsanación
de la documentación acreditativa de los méritos aportados a que se refiere la base decimoquinta.
Aun cuando se concurse por más de una especialidad, los participantes presentarán
telemáticamente una única solicitud junto con la documentación justificativa necesaria
de conformidad con lo previsto en la presente Resolución y los anexos contenidos en la
misma. Por otro lado, aquellos concursantes que perteneciendo a varios cuerpos docentes deseen participar por varios de ellos, presentarán una solicitud y la documentación
acreditativa de los méritos por cada uno de los cuerpos por los que participe.
En caso de aportar publicaciones de carácter didáctico y científico en formato libro o
revista (soporte papel) como mérito contenido en el apartado 6.1 (Otros méritos-publicaciones) del Anexo I, habrá de efectuarse la aportación de los ejemplares originales,
necesariamente, junto con el anexo XVI, en un registro oficial. Habrán de anexarse de
forma electrónica y en formato pdf, los documentos justificativos del mencionado apartado 6.1. así como la portada, contraportada e índice de los libros o revistas en papel
alegados.
13.1.4. Declaración responsable.
A través de la aplicación se generará la declaración responsable a la que hace alusión el
Anexo XIV de la convocatoria, en referencia a la veracidad de los datos y documentos
justificativos incorporados, siguiendo las pautas marcadas en el portal “profex.educarex.es”. El personal docente será responsable de reunir los requisitos exigidos para la
participación en esta convocatoria, de que sean ciertos los datos consignados en su solicitud, y de la veracidad de la documentación no original aportada que es copia fiel de
los originales que obran en su poder, sin perjuicio de la posibilidad por parte de la Administración, de requerirle en cualquier momento la documentación original tal y como
se establece en el artículo 69.1 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en cualquier dato o documento, conllevará la pérdida de todos
los derechos derivados de este proceso, con independencia de las responsabilidades a
que hubiere lugar, conforme dispone el artículo 69.4 de la citada Ley.
13.1.5. Opciones de presentación y registro de la solicitud.


13.1.5.1. Presentación y registro de forma telemática.  

Una vez cumplimentada la solicitud de forma telemática, la persona solicitante podrá: