Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Precios Públicos. (2022040181)
Decreto 123/2022, de 5 de octubre, por el que se regulan los precios públicos y su régimen de exenciones y bonificaciones por los servicios prestados por las residencias universitarias de la Junta de Extremadura.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 196
Martes 11 de octubre de 2022
49249
de los requisitos económicos y académicos, en aplicación de medidas tendentes a corregir
desigualdades sociales y requisitos de aprovechamiento académico. Otro objetivo prioritario
de interés, a través de la ejecución de diversos tipos de actividades, es la colaboración en la
formación integral del alumnado universitario extremeño. Además, cumplen una importante
función social cediendo el uso de sus instalaciones a todas aquellas asociaciones, federaciones, movimientos sociales y otros demandantes que, sin ánimo de lucro, solicitan su utilización para la realización de sus actividades sociales, cuyo beneficio directo recae sobre la
propia ciudadanía.
Por Decreto 41/1990, de 29 de mayo, por el que se determinan los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos, se establece la exigibilidad
del pago de precios públicos por la prestación del servicio de residencias dependientes de la
Consejería de Educación y Cultura.
Asimismo, mediante el Decreto 82/1999, de 21 de julio, sobre beneficios fiscales en Tasas
y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se estableció una exención
subjetiva en los precios públicos de la Junta de Extremadura por la prestación de servicios
públicos por la Administración autonómica a los terceros y ulteriores hijos e hijas dependientes de sus padres.
Posteriormente, el Decreto 10/2013, de 19 de febrero, modificó los precios públicos de los
servicios prestados por las Residencias Universitarias de la Junta de Extremadura.
La disposición adicional primera de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre de 2021, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, en su apartado
segundo, autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda a
publicar la relación de las cuantías actualizadas de las tasas y precios públicos.
Así, mediante Resolución de 19 de enero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera,
se publica las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, fijando el precio público por el servicio de alimentación y alojamiento en las
residencias universitarias de la Junta de Extremadura en la cantidad de 405,26 € al mes.
Mediante el presente decreto se pretende establecer los precios públicos de los servicios que
prestan las residencias universitarias dependientes de la Junta de Extremadura, atendiendo
al coste efectivo de los mismos.
Asimismo, con el objeto de eliminar la posible desigualdad que, por razones económicas o
sociales, pudiera plantearse en las personas residentes con insuficiencia de recursos, este
decreto introduce una serie de exenciones y bonificaciones en el pago de los precios públicos
por la prestación de estancia y alimentación en las residencias universitarias dependientes
Martes 11 de octubre de 2022
49249
de los requisitos económicos y académicos, en aplicación de medidas tendentes a corregir
desigualdades sociales y requisitos de aprovechamiento académico. Otro objetivo prioritario
de interés, a través de la ejecución de diversos tipos de actividades, es la colaboración en la
formación integral del alumnado universitario extremeño. Además, cumplen una importante
función social cediendo el uso de sus instalaciones a todas aquellas asociaciones, federaciones, movimientos sociales y otros demandantes que, sin ánimo de lucro, solicitan su utilización para la realización de sus actividades sociales, cuyo beneficio directo recae sobre la
propia ciudadanía.
Por Decreto 41/1990, de 29 de mayo, por el que se determinan los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos, se establece la exigibilidad
del pago de precios públicos por la prestación del servicio de residencias dependientes de la
Consejería de Educación y Cultura.
Asimismo, mediante el Decreto 82/1999, de 21 de julio, sobre beneficios fiscales en Tasas
y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se estableció una exención
subjetiva en los precios públicos de la Junta de Extremadura por la prestación de servicios
públicos por la Administración autonómica a los terceros y ulteriores hijos e hijas dependientes de sus padres.
Posteriormente, el Decreto 10/2013, de 19 de febrero, modificó los precios públicos de los
servicios prestados por las Residencias Universitarias de la Junta de Extremadura.
La disposición adicional primera de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre de 2021, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, en su apartado
segundo, autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda a
publicar la relación de las cuantías actualizadas de las tasas y precios públicos.
Así, mediante Resolución de 19 de enero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera,
se publica las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, fijando el precio público por el servicio de alimentación y alojamiento en las
residencias universitarias de la Junta de Extremadura en la cantidad de 405,26 € al mes.
Mediante el presente decreto se pretende establecer los precios públicos de los servicios que
prestan las residencias universitarias dependientes de la Junta de Extremadura, atendiendo
al coste efectivo de los mismos.
Asimismo, con el objeto de eliminar la posible desigualdad que, por razones económicas o
sociales, pudiera plantearse en las personas residentes con insuficiencia de recursos, este
decreto introduce una serie de exenciones y bonificaciones en el pago de los precios públicos
por la prestación de estancia y alimentación en las residencias universitarias dependientes