Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Subastas. (2022081602)
Anuncio de 30 de septiembre de 2022 por el que se da publicidad a la enajenación de ganado porcino raza Duroc.
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NÚMERO 196
Martes 11 de octubre de 2022
49334
En el anexo I se especifica la descripción de los lotes y el precio de salida, estando ubicados
los mismos en el CENSYRA de Badajoz.
La recogida de los animales adjudicados podrá efectuarse dentro de los tres días siguientes
a la subasta. Con objeto de evitar aglomeraciones, se asignará una fecha y una hora para
poder recoger los animales adjudicados al finalizar la subasta.
5. Requisitos de los concurrentes:
A) Estar en posesión del documento oficial de identidad o número de identificación fiscal.
B) E
n caso de que la solicitante o el solicitante sea persona física, y no quiera otorgar
autorización a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio para
consultar los datos de identidad y domicilio, marcando la casilla correspondiente del
anexo III, deberán aportar fotocopia del NIF o cualquier otro documento acreditativo
de la identidad. En caso de actuar mediante representación, se deberá otorgar la
representación mediante la firma en el lugar correspondiente de la solicitud y aportar
copias del DNI del representado y representante.
C) En caso de persona jurídica, el NIF será consultado de oficio, salvo que expresamente
no lo autorice marcando la casilla correspondiente del anexo. Deberá aportar junto con
la solicitud copia de Escrituras o documento de constitución, documento que acredite
el poder de representación de la persona que asista y copia del DNI, cuando no haya
participado en los dos últimos años o en caso de modificación de datos.
D) L
as explotaciones destinatarias deberán poseer la calificación sanitaria de Indemnes
de la Enfermedad de Aujeszky (A3), conforme al Real Decreto 360/2009, de 23 de
marzo, por el que se establecen las bases del programa coordinado de lucha, control y
erradicación de la enfermedad de Aujeszky; y no estarán calificadas de PRRS, ni podrán
pertenecer a la clasificación de cebo, transición de lechones o autoconsumo, conforme
al artículo 8 (anexo VI) del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se
establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se
modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino
extensivo, y dispondrán de la capacidad suficiente para recepcionar los animales que
pretenda enajenar. El cumplimiento de este requisito se comprobará de oficio, salvo que
conste su oposición expresa en cuyo caso deberá aportar el libro de registro actualizado
y certificación de la clasificación zootécnica y calificación sanitaria.
Para tomar parte en la subasta no será necesario constituir garantía provisional en base al
artículo 106 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público
y de la Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Martes 11 de octubre de 2022
49334
En el anexo I se especifica la descripción de los lotes y el precio de salida, estando ubicados
los mismos en el CENSYRA de Badajoz.
La recogida de los animales adjudicados podrá efectuarse dentro de los tres días siguientes
a la subasta. Con objeto de evitar aglomeraciones, se asignará una fecha y una hora para
poder recoger los animales adjudicados al finalizar la subasta.
5. Requisitos de los concurrentes:
A) Estar en posesión del documento oficial de identidad o número de identificación fiscal.
B) E
n caso de que la solicitante o el solicitante sea persona física, y no quiera otorgar
autorización a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio para
consultar los datos de identidad y domicilio, marcando la casilla correspondiente del
anexo III, deberán aportar fotocopia del NIF o cualquier otro documento acreditativo
de la identidad. En caso de actuar mediante representación, se deberá otorgar la
representación mediante la firma en el lugar correspondiente de la solicitud y aportar
copias del DNI del representado y representante.
C) En caso de persona jurídica, el NIF será consultado de oficio, salvo que expresamente
no lo autorice marcando la casilla correspondiente del anexo. Deberá aportar junto con
la solicitud copia de Escrituras o documento de constitución, documento que acredite
el poder de representación de la persona que asista y copia del DNI, cuando no haya
participado en los dos últimos años o en caso de modificación de datos.
D) L
as explotaciones destinatarias deberán poseer la calificación sanitaria de Indemnes
de la Enfermedad de Aujeszky (A3), conforme al Real Decreto 360/2009, de 23 de
marzo, por el que se establecen las bases del programa coordinado de lucha, control y
erradicación de la enfermedad de Aujeszky; y no estarán calificadas de PRRS, ni podrán
pertenecer a la clasificación de cebo, transición de lechones o autoconsumo, conforme
al artículo 8 (anexo VI) del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se
establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se
modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino
extensivo, y dispondrán de la capacidad suficiente para recepcionar los animales que
pretenda enajenar. El cumplimiento de este requisito se comprobará de oficio, salvo que
conste su oposición expresa en cuyo caso deberá aportar el libro de registro actualizado
y certificación de la clasificación zootécnica y calificación sanitaria.
Para tomar parte en la subasta no será necesario constituir garantía provisional en base al
artículo 106 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público
y de la Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.